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  • Padres de viaje, cuidado de los hijos.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1235966  por lexpanda
 
Colegas, mis clientes se van de viaje a Europa x 30 días y por cualquier eventualidad quieren dejar a su hija al cuidado de los abuelos.

Se que se puede x escribano pero quedamos afuera. Qué se puede hacer y cuanto tarda?

Gracias!
 #1236957  por ccolalongo
 
Supongo que será un poder para eventuales actos que requieran autorización de los padres como alguna excursión de un colegio o algo similar. Eso es tarea del escribano, pedirlo judicialmente (además que con el argumento de "viajan a Europa" te van a mirar con mala cara) ya los padres fueron y volvieron varias veces.

Cada uno tiene sus áreas de trabajo por algo somos "primos hermanos", querer sacar honorarios de donde no hay, conseguite un escribano amigo y repartan o concursa un registro.
 #1238353  por sonicobcn
 
ARTICULO 643.- Delegación del ejercicio. En el interés del hijo y por razones suficientemente justificadas, los progenitores pueden convenir que el ejercicio de la responsabilidad parental sea otorgado a un pariente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 674. El acuerdo con la persona que acepta la delegación debe ser homologado judicialmente, debiendo oírse necesariamente al hijo. Tiene un plazo máximo de un año, pudiendo renovarse judicialmente por razones debidamente fundadas, por un período más con participación de las partes involucradas. Los progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, y mantienen el derecho a supervisar la crianza y educación del hijo en función de sus posibilidades.

Igual régimen es aplicable al hijo que sólo tiene un vínculo filial establecido.