Buenos días colegas.
Tengo en consulta aun cliente, copropietario de una unidad funcional (cochera) que me viene a ver con liquidacion de expensas del mes de Febrero 2019, donde figura un intem rotulado "gastos/Ajustes particulares" por $ 1.500.-, que duplica el monto habitual que viniera pagando y que en los meses anteriores no figura. No consta referencia alguna en la liquidacion. De la entrevista mantenida, como unico dato relevante me comenta un considerable atraso en el pago de las expensas a comienzos del año pasado, pero que canceló en su totalidad mediante deposito en cuenta, no registra otros atrasos a la fecha.
Dudas:
- Entendiendo que debería intimar al reintegro de dicho monto, la Carta Documento debe ser dirigida al Consorcio de propietarios, o al administrador?
- Me surgen inquietudes en torno del domicilio especial de mi cliente en su caracter de copropietario, teniendo en consideracion que la UF es una cochera que mantiene alquilada. Cualquier notificacion que eventualmente pudiera habersele remitido, debió cursarse al domicilio de la UF? La liquidacion de expensas desde hace años las recibe vía postal en el domicilio donde vive, es éste último el domicilio especial?
Agradeceré sus comentarios y aportes al efecto,
saludos,
Tengo en consulta aun cliente, copropietario de una unidad funcional (cochera) que me viene a ver con liquidacion de expensas del mes de Febrero 2019, donde figura un intem rotulado "gastos/Ajustes particulares" por $ 1.500.-, que duplica el monto habitual que viniera pagando y que en los meses anteriores no figura. No consta referencia alguna en la liquidacion. De la entrevista mantenida, como unico dato relevante me comenta un considerable atraso en el pago de las expensas a comienzos del año pasado, pero que canceló en su totalidad mediante deposito en cuenta, no registra otros atrasos a la fecha.
Dudas:
- Entendiendo que debería intimar al reintegro de dicho monto, la Carta Documento debe ser dirigida al Consorcio de propietarios, o al administrador?
- Me surgen inquietudes en torno del domicilio especial de mi cliente en su caracter de copropietario, teniendo en consideracion que la UF es una cochera que mantiene alquilada. Cualquier notificacion que eventualmente pudiera habersele remitido, debió cursarse al domicilio de la UF? La liquidacion de expensas desde hace años las recibe vía postal en el domicilio donde vive, es éste último el domicilio especial?
Agradeceré sus comentarios y aportes al efecto,
saludos,