Buenas tardes ,
Soy nueva en la profesión y necesitaría ayuda! Fui a una mediación y la otra parte reconvino por daños y perjuicios.
En la ley aparece esto
La falta de acuerdo también habilita la vía judicial para la reconvención que pudiere interponer el requerido, cuando
hubiese expresado su pretensión durante el procedimiento de mediación y se lo hiciere constar en el acta.
Pero no se en la practica que quiere decir. Yo ahora tengo que iniciar demanda, ¿la reconvención me afecta en algo??
Muchas gracias a todos!
Soy nueva en la profesión y necesitaría ayuda! Fui a una mediación y la otra parte reconvino por daños y perjuicios.
En la ley aparece esto
La falta de acuerdo también habilita la vía judicial para la reconvención que pudiere interponer el requerido, cuando
hubiese expresado su pretensión durante el procedimiento de mediación y se lo hiciere constar en el acta.
Pero no se en la practica que quiere decir. Yo ahora tengo que iniciar demanda, ¿la reconvención me afecta en algo??
Muchas gracias a todos!