Buenas tardes. Les hago una consulta que creo muy basica pero que nunca me ocurrio, asi que por las dudas consulto...
Ante la ejecucion de un pagare (representando la parte actora), para el caso de que me desconozcan la firma (no ofrezco pericial caligrafica en demanda porque le corresponde al demandada acreditar que la firma no es de el) ¿la oportunidad de ofrecer documentos indubidatos cuando la tendria?
Supongo que seria ante el traslado de la excepcion?
Saludos y gracias
Ante la ejecucion de un pagare (representando la parte actora), para el caso de que me desconozcan la firma (no ofrezco pericial caligrafica en demanda porque le corresponde al demandada acreditar que la firma no es de el) ¿la oportunidad de ofrecer documentos indubidatos cuando la tendria?
Supongo que seria ante el traslado de la excepcion?
Saludos y gracias