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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1237686  por PARANA
 
Estimados:

Disculpen que pregunte cosas tan básicas, pero si bien tengo claro los fundamentos de los fallos favorables, estoy verde de la etapa previa a la judicial, la administrativa, que es muy importante para que no meter la pata

estoy buscando recomendaciones sobre cual es la vía mas conveniente para iniciar el reclamo.-

conviene presentar una multinota en la AFIP solicitando que deje de descontarse o hacerlo mediante Carta Documento?

En la práctica... que hace la AFIP, resuelve el reclamo o lo deja vencer????

En caso de que resuelva, obviamente, desfavorablemente, hay que apelar? hay que agotar la vía administrativa?

Muchas gracias
 #1237914  por sosogu
 
Hola, yo estoy con la misma duda.
Para agotar la via en Afip voy a hacer una multinota intimando 72 hs. Y me dijeron de hacer un form 572, voy a ver.
El lunes voy a Afip a consultar y resuelvo.
La acción es contra Afip, tambien decidiendo si hacer Cautelar con Ordinario.
Sigamos en contacto.
 #1238043  por saguil
 
Hola. Estoy en la misma duda que ustedes. Pudieron averiguar algo en AFIP? Entiendo que se debe agotar la vía administrativa.
 #1238057  por petisa
 
Hola a todos! Estoy en la misma, considero que no se requieren formalidades para el administrado (ritualismo inútil) lo importante es el reclamo previo, estoy pensando en enviar carta documento (es más, en los reclamos de reajuste contra anses ya utilizo carta documento o telegrama carta laboral por ser jubilado/pensionado)
Sigamos en contacto!
 #1238062  por petisa
 
PARANA escribió: Mar, 09 Abr 2019, 23:13 Estimados:

Disculpen que pregunte cosas tan básicas, pero si bien tengo claro los fundamentos de los fallos favorables, estoy verde de la etapa previa a la judicial, la administrativa, que es muy importante para que no meter la pata

estoy buscando recomendaciones sobre cual es la vía mas conveniente para iniciar el reclamo.-

conviene presentar una multinota en la AFIP solicitando que deje de descontarse o hacerlo mediante Carta Documento?

En la práctica... que hace la AFIP, resuelve el reclamo o lo deja vencer???? Ver ley de procedimientos administrativos, la administracion tiene 60 dias hábiles para pronunciarse, vencido ese plazo sin respuesta hay que reclamar un pronto despacho, tiene 30 días para expedirse, ante el silencio: amparo por mora. Debemos obtener la negativa expresa de la administración, por la cual iniciaremos la demanda judicial.

En caso de que resuelva, obviamente, desfavorablemente, hay que apelar? hay que agotar la vía administrativa?

Muchas gracias
 #1238108  por petisa
 
Mer1984 escribió: Mar, 16 Abr 2019, 16:32 Estimados, yo le voy a escapar holgadamente a la cuestión "ganancias", pero paso data de una conferencia que van a dar en el CPACF. En una de esas tiran alguna info interesante. Saludos y suerte!

http://www.cpacf.org.ar/noticia.php?id=6578&sec=14
Muchas gracias, a los que son de CABA que puedan ir, se agradecerá que compartan info! *flor*
 #1240061  por fernanda121078
 
Buenas Tardes a todos . alguno ya arranco con esto? nosotros tenemos la idea de presentar una multinota en afip ver si hace algo y de ahi a la justicia. pero nos quedan muchas cosas en el camino
sera requisito que se encuentre el jubilado en estado devulnerabilidad? por otro lado por q via ir a la justicia? amparo, meramente declarativa?
busco modelos a ver como arrancar pero no encuentro nada, alguien encontro algo?
gracias a todos