Hola a todos! Tengo una audiencia de 360 en un ordinario en Caba y me surgió una duda ...
El juez dice... Hágase saber a las partes que la conducencia de la prueba confesional será considerada al momento de proveer el resto de las pruebas...
Osea no dejo pliego para esta audiencia? Cómo es en caso de proceder... Fija otra fecha? Osea, si procede cuando absuelve posiciones? Nunca me proveyeron así y me generó dudas...
Alguien sabría decirme cómo es?
Muchas gracias
El juez dice... Hágase saber a las partes que la conducencia de la prueba confesional será considerada al momento de proveer el resto de las pruebas...
Osea no dejo pliego para esta audiencia? Cómo es en caso de proceder... Fija otra fecha? Osea, si procede cuando absuelve posiciones? Nunca me proveyeron así y me generó dudas...
Alguien sabría decirme cómo es?
Muchas gracias