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  • PERIODOS ANTES DEL INICIO QUE APARECEN EN PAGOS PERO NO EN PUC

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1238991  por AndreaL
 
Buenos dias estimados colegas:
Estoy liquidando un sicam para una jubilación y tengo un inicio de de actividades conforme PHA EN 4/77, con fecha de matriculacion profesional el 1/72, y en PUC arranca tambien el 4/77, sin embargo existia un numero de cuenta que no estaba asociado y tuvimos q hacerlo en afip. Luego de esto, aparecieron pagos del 1/73 al 12/73, y luego salta al 77. Al ser periodos prescritos los incorpore manualmente, la duda que tengo es si esta bien esto, teniendo en cuenta que el inicio de actividades aparece en 4/77. Es correcto cargar esos períodos pagos antes del inicio de actividades?? gracias por la ayuda!
 #1239144  por azules
 
hola, me ha pasado que aparecieran pagos anteriores al inicio, cuando la persona era menor (año 70), por lo cual en AFIP no puede hacerse nada, ya q teniendo en cuenta la fecha son pagos q corresponderian a ANSES. Lo que hice es hacer liquidación respetando el inicio, y esos pagos son imputados a deuda antigua y redacte una nota explicando la situación. esa es mi experiencia. Saludos
 #1239145  por MARIO1943
 
AndreaL escribió: Mar, 07 May 2019, 07:45 Buenos dias estimados colegas:
Estoy liquidando un sicam para una jubilación y tengo un inicio de de actividades conforme PHA EN 4/77, con fecha de matriculacion profesional el 1/72, y en PUC arranca tambien el 4/77, sin embargo existia un numero de cuenta que no estaba asociado y tuvimos q hacerlo en afip. Luego de esto, aparecieron pagos del 1/73 al 12/73, y luego salta al 77. Al ser periodos prescritos los incorpore manualmente, la duda que tengo es si esta bien esto, teniendo en cuenta que el inicio de actividades aparece en 4/77. Es correcto cargar esos períodos pagos antes del inicio de actividades?? gracias por la ayuda!
DOS OPCIONES
1) TAL CUAL DECIS , LO CARGAS MANUALMENTE , SI TE ARROJA DEUDA LO RENUNCIAS
2) DESAFECTALO MANUALMENTE DE ACUERDO A LA CIRCULAR DE ANSES 22/13
QUE DICE
Para la desafectación de los períodos anteriores a 07/2004, tiene vigencia lo establecido en la Instrucción General N° 1060/2004 (DIPYNR), que permite desafectar pagos de cada liquidación, de querer realizar una nueva los deberá volver a anular.

Se recuerda que en este caso la realiza el titular con clave fiscal, pestaña Liquidación, opción Ingreso de Pagos Faltantes y a través del botón identificado con una "Cruz" (+) o un "Cesto de Residuos" desafectar el/los pagos en cuestión.
 #1239146  por MARIO1943
 
AndreaL escribió: Mar, 07 May 2019, 07:45 Buenos dias estimados colegas:
Estoy liquidando un sicam para una jubilación y tengo un inicio de de actividades conforme PHA EN 4/77, con fecha de matriculacion profesional el 1/72, y en PUC arranca tambien el 4/77, sin embargo existia un numero de cuenta que no estaba asociado y tuvimos q hacerlo en afip. Luego de esto, aparecieron pagos del 1/73 al 12/73, y luego salta al 77. Al ser periodos prescritos los incorpore manualmente, la duda que tengo es si esta bien esto, teniendo en cuenta que el inicio de actividades aparece en 4/77. Es correcto cargar esos períodos pagos antes del inicio de actividades?? gracias por la ayuda!
ACLARO QUE LA FECHA DE INGRESO NO TIENE IMPORTANCIA , MIENTRAS EL PUC SE REFLEJA EN SIT DE REVISTA ESTA BIEN Y SI APARECEN SOLO PAGOS, QUE NO FIGURAN EN EL PUC , SI O SI TAMBIEN SE TIENE QUE REFLEJAR EN SIT DE REVISTA, NO ENTIENDO LO DE LA FORISTA QUE DIO SU EXPERIENCIA, COMO LE ACEPTO AFIP ESOS PAGOS?
QUE NO FIGURAN EN SIT DE REVISTA Y ESA OMISION ES MOTIVO DE RECHAZO POR MAS NOTA QUE SE ACOMPANE
 #1239149  por MARIO1943
 
azules escribió: Mié, 08 May 2019, 20:28 estimado Mario, conforme decreto 433/94
GRACUAS POR LO DE ESTIMADO
EL DECRETO MENCIONADO SI MAL NO RECUERDO ES UN REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO MUY VIEJO ????, QUE TIENE QUE VER CON LA RESOLUCION 555/10 ACTUALMEMTE VIGENTE QUE SE REFIERE A LA PROBATORIA DE AUTONOMOS