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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1240559  por benfer
 
Hola, como estan, ¿saben si se puede dar de baja una puam? ya que a mi clienta la rechazan en la obra social por tener este beneficio?
 #1240575  por lucky
 
No sé cuál es el problema con la Obra Social, pero hay jurisprudencia que valida el derecho a continuar con la obra social que se tenía antes de gozar de un beneficio previsional (en este caso no importa que sea no contributivo porque tiene PAMI). Es cuestión de pelearla.
En cuanto a la pregunta la respuesta es que creo que sí. Igualmente hasta que la titular no presente una nota con los motivos no lo sabrás con certeza.
 #1240580  por benfer
 
lucky escribió: Lun, 03 Jun 2019, 16:00 No sé cuál es el problema con la Obra Social, pero hay jurisprudencia que valida el derecho a continuar con la obra social que se tenía antes de gozar de un beneficio previsional (en este caso no importa que sea no contributivo porque tiene PAMI). Es cuestión de pelearla.
En cuanto a la pregunta la respuesta es que creo que sí. Igualmente hasta que la titular no presente una nota con los motivos no lo sabrás con certeza.

Gracias Lucky por responder, decis enviarle carta documento a la obra social. La sra. me dice que de haber tenido una jubilacion ordinaria podria no haber pasado esto, pero como se trata de puam, si pero no le encuentro la logica al argumento
 #1240584  por SAIJ2017
 
Creo que el problema es que ya no hay obras sociales que acepten jubilados que no sean de la actividad, y para considerarlos habilitados para mantenerla tiene que haber aportado 1/3 de la historia laboral. O sea los ultimos 10. Igual como bien dice LUCKY podes pedir un amparo en lo Federal Civil y Comercial, que es la que tiene competencia.
 #1240585  por SAIJ2017
 
Igual con 8000.- pesos si esta +/- bien de salud ACCORD o OSCOSALUD la agarran x los 8000.- Ahora si tiene preexistentes no la van a agarrar.
 #1240587  por lucky
 
Ni hay diferencia entre que sea una JO y una PUAM porque en ambos casos tiene Pami.
Hay que enviar carta documento. Después si lo encuentro te paso un texto para que lo adaptes. A veces suelen ofrecer quedarte pagando un plus.
Si con la CD no tenés resultado hay que intentar con un Amparo como dice SAIJ.
 #1240591  por lucky
 
Fijate si te sirve este texto para la CD
Bs As., ... de junio de 2019.
Me dirijo a Uds en mi carácter de afiliado Nº ................. del Plan .......... a efectos de manifestarles, atento haber obtenido la jubilación ordinaria/PUAM (Beneficio Nº .........................) con fecha de alta en el mes de ........... de 201.., mi voluntad y opción expresa de mantener la afiliación, cobertura y prestaciones médico-asistenciales de esta Obra Social de ...............................-en lugar del PAMI- de conformidad a lo previsto en el art. 16 de la Ley 19.032, arts. 8 inc. b) y 20 de la Ley 23.660, Decreto Nº 576/93, Resolución Nº 56/09 de la Defensoría del Pueblo de la Nación del 18/03/2009, la Constitución Nacional y Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos.
La presente decisión, que por este medio comunico, se encuentra respaldada por la Doctrina de la Corte Suprema de Justicia y la Jurisprudencia unánime de los Tribunales inferiores de la Justicia Federal (fallo “Albónico, Guillermo Rodolfo y otro c/Instituto de Obra Social” del 08/05/2001, y otros) que han permitido a los afiliados en actividad de una Obra Social continuar recibiendo las prestaciones y cobertura de la misma luego de la obtención del beneficio jubilatorio, sin resultar óbice alguno el no estar inscripta en el Listado de Obras Sociales para la atención de Jubilados y Pensionados de la SSS. En mi caso la solicitud se encuentra más que justificada por el vínculo de origen al tener .......... años de antigüedad en la afiliación con Uds. ---------------------------------------
Por lo expuesto los intimo para que en el plazo de 72 hs de recibida la presente misiva den respuesta a la misma, a fin de tener certeza sobre mi futuro, manifestando si mantendrán o no mi afiliación. La respuesta negativa, o el eventual silencio que consideraré como negativa, me perjudicaría gravemente ya que desde hace ........ años me atiendo con los profesionales médicos de su cartilla y padezco enfermedades crónicas, lo que me obligará a recurrir por la vía de un amparo ante los Tribunales competentes con el respaldo de la normativa y Jurisprudencia mencionadas y el consiguiente dispendio económico, de recursos humanos y de tiempo que ello demandaría para todos. Sin otro particular, y a la espera de una respuesta favorable, los saludo muy atte. (Celular: ..............)
 #1240629  por benfer
 
Gracias a todos por las buenas respuestas, a vos en especial lucky, yo tambien pienso que PUAM y JUBILACION es lo mismo a los fines de la ocion de la obra social,
Pero todo paso cuando la señora fue a pedir el CODEM a Anses y no se lo dieron (?), (yo lo pedi por web ya lo tengo); y alli le dieron entregaron copia de la CIRCULAR DPA Nª 30/16, que establece que los beneficiarios de PUAM "no se encuentran habilitados para ejercer la opcion de cambio de obra social dispuesta en el decreto 292/95"
De ahi que quiere dar de baja el beneficio , es decir es un tramite que me trajo problemas
 #1240630  por DRalonso
 
¿DEMANDA DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD CIRCULAR DPA Nª 30/16?
 #1240634  por benfer
 
Claro , en este caso seria contra Anses y no contra su obra social. La obra social no tiene problemas, le da los formularios y con eso mi clienta debe ir a Anses y pedir el cambio. El tema es que esta circular se lo va a impedir.
 #1240671  por DRalonso
 
DESPUES CONTANOS COMO TE FUE...