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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1241199  por Sergio68
 
Buenas tardes colegas.
Tengo un cliente que suscribió la RH en fecha 12/06/2018, al momento de la misma le fue ofrecido en concepto de Retroactivo la suma de $321.000.
A fin de mes, muy apenas pasado el año, estará cobrando los conceptos 118. Retro. Rep. Hist. por $138.000 (Capital), mas el concepto 123.Retro Rep. Hist. Interés $104.000 (Interés), Total: $238.000.
La duda es, que teniendo un convenio de pago suscripto con mi cliente por el 20%, ¿sobre que monto debo cobrar?, ya que al pasar 1 año desde la firma del convenio y su posterior homologación, no se como encuadrar el código 123 por $104.000, o sea si los mismos devienen de ese año de espera, o son intereses del juicio propiamente dicho mas el año de espera y a la vez el capital que se paga no es el 50% de los $321.000 firmados al inicio, es menor por que debiera ser $160.500 en el concepto 118 (Capital).

Desde ya muchas gracias y aguardo por sus comentarios.-
 #1241582  por Raquelm2019468
 
Estimado, quisiera saber si obtuviste informacion al respecto de cobro de reparacion Historica en tu caso planteado porque tengo un caso similar y tampoco se como se calcula el retroactivo total estimativo a los fines de percibir el 20 % de Honorarios. Aguardo tu respuesta. Sldos. cordiales.-
 #1241597  por lucky
 
En los casos de juicios en la primera cuota pagan el 50% del retroactivo.
Ahí ya sabés, al multiplicarlo por dos, cuánto es el retro total (aunque después en las restantes cuotas que el jubilado cobre se le sumen intereses y aumentos generales).
Le podés cobrar en la primera cuota el 20% convenido sobre el total del retro.
 #1241635  por Mauricia
 
lucky escribió: Jue, 20 Jun 2019, 09:47 En los casos de juicios en la primera cuota pagan el 50% del retroactivo.
Ahí ya sabés, al multiplicarlo por dos, cuánto es el retro total (aunque después en las restantes cuotas que el jubilado cobre se le sumen intereses y aumentos generales).
Le podés cobrar en la primera cuota el 20% convenido sobre el total del retro.
Hola: Es asi como estan haciendo los previsionalistas que conozco, y si arreglaste un plus por el perjuicio que te causo a vos como apoderado el que el/ella haya aceptado la RH y desistido del juicio por un importe menor a tu espectativa, ese tambien se lo cobras en el momento que cobra el primer 50%.
 #1241639  por Raquelm2019468
 
Gracias estimados por sus respuestas.
Aunque en mi caso de reparación histórica, se me plantea una seria duda porque en el ofrecimiento original de propuesta tenia $ 800.000 de retroactivo de fecha marzo de 2017, pero recien pudimos firmar acuerdo este año en marzo 2019 y se homologo y quedo firme hace un mes atras y ahora a fines de junio es fecha de alta y en recibo de liquidacion de anses figura un retroactivo (capital mas intereses) de $ 900.000. Y me surge la duda si este ultimo monto es el que tengo que multiplicar por dos? porque seria mas del doble ( $ 1.800.000) del importe original . Lo que dudo es que ahora le esten cancelando todo el retroactivo y por ende despues no le paguen las 12 cuotas trimestrales que figuran en el acuerdo suscripto... Todo esto repercute en el calculo que tengo que tener presente para el cobro del 20% del retroactivo total que no se cual sera??
Les agradecere a los colegas que me puedan brindar respuestas. Saludos cordiales.