Colegas
Desde hace años que ejerzo la profesion cada vez que denunciaba un bien en un sucesorio peticionaba la adjudicación por tracto abreviado a fin de que los herederos puedan vender ese bien
En el caso de automotores, denunciaba hasta el comprador a fin de que el oficio al Registro automotor salga ya con el nombre de éste como comprador
Hoy en día me encuentro que al hacer los sucesorios, el juzgado me pide que especifique si es adjudicación o inscripcion de la DH
¿que diferencia hay entre denunciar la adjudicación por tracto o la isncripcion de la DH?
Desde hace años que ejerzo la profesion cada vez que denunciaba un bien en un sucesorio peticionaba la adjudicación por tracto abreviado a fin de que los herederos puedan vender ese bien
En el caso de automotores, denunciaba hasta el comprador a fin de que el oficio al Registro automotor salga ya con el nombre de éste como comprador
Hoy en día me encuentro que al hacer los sucesorios, el juzgado me pide que especifique si es adjudicación o inscripcion de la DH
¿que diferencia hay entre denunciar la adjudicación por tracto o la isncripcion de la DH?