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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1241430  por drafrias
 
Buenas tardes.
Quiero consultarles como es la carga del sicam de una empleada domestica que tiene varios empleadores simultaneo. ej. 06/08 al 02/14 trabajo para una persona 6 hs., luego del 07/13 a 05/19 para otra 10 hs. y hay para un 3er. empleador 5 hs. (semanales) del 08/13 a 05/19
Seria:
06/08 a 06/13 -- de 6 a 11 hs.
07/13 a 02/14--- 16 hs o +
03/14 a 05/19---de 12 a 15 hs.

Esta seria la forma correcta de cargarlo en el sicam?
Gracias
 #1241459  por MARIO1943
 
drafrias escribió: Lun, 17 Jun 2019, 16:48 Buenas tardes.
Quiero consultarles como es la carga del sicam de una empleada domestica que tiene varios empleadores simultaneo. ej. 06/08 al 02/14 trabajo para una persona 6 hs., luego del 07/13 a 05/19 para otra 10 hs. y hay para un 3er. empleador 5 hs. (semanales) del 08/13 a 05/19
Seria:
06/08 a 06/13 -- de 6 a 11 hs.
07/13 a 02/14--- 16 hs o +
03/14 a 05/19---de 12 a 15 hs.

Esta seria la forma correcta de cargarlo en el sicam?
Gracias
06/08 a 06/13 -- de 6 a 11 hs. CORRECTO EN EL SICAM SE DECLARA MENOS DE 12 HS- CLASE III
07/13 a 02/14--- 16 hs o + CORRECTO LAS HS. TRABAJADAS SE SUMAN- CLASE II -CIRCULAR 54/18
03/14 a 05/19---de 12 a 15 hs. INCORRECTO, LAS HS. TRABAJADAS NO SE ACUMULAN , TENES QUE DECLARAR

MENOS 12 HS, UN SOLO EMPLEADOR , EN EL EMPLEADOR QUE TRABAJA 5 HS. SEMANALES , NO ENCUADRA
LA CLASE III, DICE LOS QUE TRABAJEN 6 HS . SEMANALES, YO TE ACONSEJO EN EL LAS DDJJ, DECLARE QUE TRABAJA 6 HS.
HACER UNA DDJJ POR CADA EMPLEADOR
 #1241469  por drafrias
 
Gracias Mario por tu respuesta.

Te consulto: Por que estaria sumando en el periodo 7/13 a 2/14? el empleo de 6 horas mas el de 10. Leí la circular que mencionas e igualmente no entiendo :oops:

El empleador de las 5 hs. semanales no quiere firmar por 6 -de locos- pero tambien veo que en la circular a partir de 12/4/19 el regimen SDM alcanza a todas las relaciones...cualquiera que fuera la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en la que sean ocupados...
Gracias
 #1241487  por MARIO1943
 
drafrias escribió: Mar, 18 Jun 2019, 06:31 Gracias Mario por tu respuesta.

VAMOS A CLARIFICARLO MEJOR

Te consulto: Por que estaria sumando en el periodo 7/13 a 2/14? el empleo de 6 horas mas el de 10. Leí la circular que mencionas e igualmente no entiendo :oops:

ESTA BIEN SUMARLO, POR QUE DE ESTA FORMA LO ENCUADRAS EN LA CLASE II, DE EESTA FORMA , AL HACERLO POR SEPARADO, TENDRIAS QUE PAGAR LA DIFERENCIA EN EL FORMULARIO 575, TANTO POR LAS 6 HS. QUE POR LAS 10 HS. EN CAMBIO AL SUMARLO, TE EVITAS DE PAGAR DICHA DIFERENCIA

POR OTRO LADO EN EL SICAM, TENES QUE DECLARAR SOLO EL MAYOR , O SEA EL DE 10 HS.
ESTO DICE LA CIRCULAR PARA TAL CASO

a) Cada trabajador deberá ingresar el importe resultante de la diferencia entre la suma de cuarenta y cuatro pesos con ochenta ($ 44,80) y el monto de la contribución obligatoria ingresada por el empleador o empleadores, de tratarse más de uno, conforme a lo detallado en la columna “contribuciones” del cuadro del apartado 1, ítem a).

En el caso de que se presenten titulares invocando haber desempeñado tareas para varios empleadores en forma simultánea, deberá liquidarse en el SICAM el empleador para el cual desempeñó la mayor cantidad de horas, ya que el sistema no habilita la carga de períodos simultáneos. Del mismo modo, no deberá exigirse el pago de la diferencia de aporte con destino al Régimen de Seguridad Social para la obtención de las prestaciones previsionales, cuando de la suma de las contribuciones patronales efectuadas al trabajador, se alcance la suma de $ 44,80.


PERO TAMBIEN DICE LO SIGUIENTE

Quienes hayan prestado menos de 6 horas de servicios semanales, no se encuentran comprendidos dentro de la Ley 25.239 y deben categorizarse como autónomos, dentro del régimen general, o como monotributistas, en este caso dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

PERO POR OTRO LADO
QUE ES LO QUE VOS DECIS , SOLO QUE HAY UN ERROR TUYO EN EL ANO ES 12/04/2013, NO 12/04/2019
LO QUE SE DEBERIA INTERPRETAR QUE LAS 6 HS, ES HASTA EL 11/04/2013

ACA DONDE SE PRESENTA LA DUDA , QUE PASA CON EL TRABAJO DE 5 HS. ANTES DEL 12/04/2014, EL MISMO
ESTA SUMADO AL DE 6 HS, 10 HS Y 5 HS, EN ESTE CASO NO HABRIA QUE INSCRIBIRLO EN AUTONOMO

POR ESO ANTE LA DUDA , PARA NO TENER PROBLEMAS CON EL ANSES QUE LO INTERPRETE POR SEPARADO ES QUE ACONSEJE QUE PUSIERAS 6 HS. , PERO ANTE LA POSTURA DE LA DADORA , INTERPRETO QUE TENES QUE DECLARAR 5 HS., NO HAY OTRA




El empleador de las 5 hs. semanales no quiere firmar por 6 -de locos- pero tambien veo que en la circular a partir de 12/4/19 el regimen SDM alcanza a todas las relaciones...cualquiera que fuera la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en la que sean ocupados...
Gracias
 #1241501  por drafrias
 
Pasándolo en limpio.
SOLO A LOS EFECTOS DE REGISTRAR LA SITUACIÓN DE REVISTA EN SICAM.

06/2008 a 06/2013 de 6 a 11 hs (1 dador x 6 horas)
07/2013 a 02/2014 de 6 a 11 hs ( 3 dadores c/ 6, 10 y 5 hs. c/u) solo el que tiene mayor cdad hs)
03/2014 a 05/2019 de 6 a 11 hs. (2 dadores c/10 y 5 c/u, por las mismas razones que el anterior).

El tema de los aportes ya lo deje en 0, los intereses a pesar que los pague continúan saliendo, voy a solicitar bagatela.

Gracias.
 #1241508  por MARIO1943
 
drafrias escribió: Mar, 18 Jun 2019, 16:48 Pasándolo en limpio.
SOLO A LOS EFECTOS DE REGISTRAR LA SITUACIÓN DE REVISTA EN SICAM.

06/2008 a 06/2013 de 6 a 11 hs (1 dador x 6 horas)
07/2013 a 02/2014 de 6 a 11 hs ( 3 dadores c/ 6, 10 y 5 hs. c/u) solo el que tiene mayor cdad hs)
03/2014 a 05/2019 de 6 a 11 hs. (2 dadores c/10 y 5 c/u, por las mismas razones que el anterior).

El tema de los aportes ya lo deje en 0, los intereses a pesar que los pague continúan saliendo, voy a solicitar bagatela.

DE LA FORMA QUE LOS PRESENTAS HACIENDO LOS CORTES , AHORA LO VEO MEJOR, YO DIJE QUE TENES QUE PONER EL DE MAYOR CANTIDAD EL DE 10 HS, PERO ESTAMOS EN LA MISMA, NO DEJA DE SER DE MENOS DE 12 HS. HABRIA QUE PONER EL DE MAYOR CANTIDAD DE HS. SI SUPERA LA ESCALA , O SEA MAS DE 12 Y MENOS DE 16 , O MAS DE 16 HS , COSA QUE EN ESTE CASO NO SE VE EL SALTO
LA ESCALA DE KA SIT DE REVISTA, ES LA SIGUIENTE
MENOS DE 12 HS
DE 12 A MENOS DE 16 HS.
DE 16 HS. O MAS
POR LO TANTO TODOS TIENEN QUE IR EN UN SOLO TRAMO DE MENOS DE 12HS. (YA SEA EL DE 5 HS, EL DE 6 HS Y EL DE 10 HS. IMPOSIBLE HACER DIFERENCIACION YA QUE LOS MISMOS NO SUPERAN LAS 12 HS

POR LO TANTO INTERPRETO QUE SE DEBE PONER EN SIT DE REVISTA DE 6/08 AL 5/19, EN UN SOLO TRAMO Y EN MENOS DE 12 HS


Gracias.
 #1241598  por estudio2017
 
No señorita, todos reales. Vienen al estudio con el empleador que no sabia hacer el aporte en su momento. Se les explica los riesgos también.
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