Estoy ejecutando una sentencia. Tengo q intimar al depositario de los bienes embargados por el 217 CPCCPBA, ya q el empleador mudo el establecimiento con los bienes embargados. El tema es q el domicilio q declaro esta persona en el mandamiento es el mismo donde donde se trabo el embargo y donde hoy no hay nada ni nadie. Tengo pensado intimar al abogado del depositario, o sea mandar la cedula al constituido... o debo buscar domicilio real del depositario?
donde intimo? gracias.
donde intimo? gracias.