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 #1241921  por Richardcat
 
Que tal colegas tengo una pequeña duda con un caso que me trajo una clienta les agradeceseria su ayuda .cuando los padres de 2 hijos le donan la mitad de su casa con la firma del otro hijo dando su consentimiento cuando tenia 18 años de edad por un contrato de donacion al fallecer estos la mitad de la casa ya le pertenece al hijo? que le donaron y la otra mitad queda a medias para los 2. Porque segun tengo entendido no pueden donar mas del 20 % de sus bienes.en este caso le estan donando la mitat 50% eso como quedaria..? Les cuento que aun vive la madre y el contrato firmado esta en su poder ya que se lo quito al hijo cuando se separo de su mujer por miedo que ella quisiera reclamarle por eso.mi clienta es la hermana del que recibio la donacion..
 #1241936  por Richardcat
 
Pero no se escrituro a nombre del donatario la mitad que le habian donado solo se firmo dicho contrato
 #1241951  por vic2
 
si ya se escrituró esta el 50 a nombre de un hipo y por el otro 50 deben hacer sucesion
Igual es raro,
Pero mas alla del porcentaje la legítima se evalua en el conjunto de bienes
Otro punto por mas que le saque la escritura , el derecho se transmitio y se pide un segundo testimonio
Hay que evaluar tambien el tema de que hayan efectuado un usufructo a favor de ambos padres, y ahi tampoco puede disponer hasta el fallecimiento de ambos
 #1241958  por Richardcat
 
Gracias x tu ayuda vic2..No nunka se escrituro osea n tranfirio lo donado y segun tengo entendido el contrato de donacion es un contrato que se hace entre vivos en el cual el donante se compromete a tranferirle un bien al donatario gratuitamente haciendose cargo el donante de los costos de tranferencia.si este no lo transfirio en vida el contrato queda sin efecto?? No podria en la sucecion reclamar su parte con dicho contrato? *leo*
 #1241962  por vic2
 
las donaciones si o si son por escrituras,
Puede ser una oferta de donacion y despues el tendri que aceptar pero si el donante fallece antes es invalida. queda todo como estaba
 #1241969  por legalescom
 
Si, voy aclarar algo más, por que todo está planteado y resuelto un tanto confusamente.
En primer lugar, resulta evidente, que los padres, le han hecho una donación, por escritura pública, de parte de un inmueble, a uno de de sus hijos. El otro hijo, prestó conformidad a tal donación, lo que hace suponer que, en el mismo acto escriturario, el donatario aceptó la donación. El hecho de que, un hijo, haya aceptado la donación a favor de otro, ni implica renunciar a su legítimo, por cuanto éste, solo se podría hacer después del fallecimiento de uno de los donantes, no antes.
Para saber, cual es la legítima, del hijo, que no recibió donación alguna, hay que evaluar la fecha de fallecimiento del progenitor, para saber si se aplica el Cód. Civil (derogado) o el Cod. Civ. y Com.
Por último, es probable, que los padres, se hayan reservado el usufructo del bien, aunque más no fuera, sobre la parte que donaron.