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  • Ejecución provisoria de sentencia art 258 CPCCN

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 #680014  por facil2000
 
Estimados colegas,

El artículo 258 del CPCCN permite solicitar la ejecución provisoria de una sentencia ante la concesión del Rec Extraordinario Federal, siempre y cuando la sentencia de 1ra y 2da instancia sean favorables y coincidentes.

Mis dudas son:

1. En que momento se solicita? Cuando me notifiquen el rechazo del recurso extraordiario?
2.Es valido pedirlo al contestar el traslado del recurso extraordinario en subsidio si se llegase a conceder el mismo?
3. Que ofrezco ademas de la caución juratoria? Es imprescindible ofrecer caución real?

Cuentan con algún modelo del escrito a presentar?

Muchas gracias por su colaboración.
 #1237880  por Magallanico
 
Llegue buscando lo mismo, y si bien es muy viejo el mensaje, es el único hilo que encontré, así que voy a sumar.

Yo no encontré modelos, lo que hice fue presentarlo en un escrito separado para no mezclarlo. Pedí que se aplica el CPCC art. 258, se libre testimonio y se remita el expediente a primera instancia para la formación de un incidente de ejecución de sentencia, ofreciendo prestar la caución que estime conveniente. Lo voy a presentar estos días y veremos, no se como te fue a vos y como lo pediste?
 #1237883  por abogado_1987
 
Magallanico escribió: Sab, 13 Abr 2019, 10:41 Llegue buscando lo mismo, y si bien es muy viejo el mensaje, es el único hilo que encontré, así que voy a sumar.

Yo no encontré modelos, lo que hice fue presentarlo en un escrito separado para no mezclarlo. Pedí que se aplica el CPCC art. 258, se libre testimonio y se remita el expediente a primera instancia para la formación de un incidente de ejecución de sentencia, ofreciendo prestar la caución que estime conveniente. Lo voy a presentar estos días y veremos, no se como te fue a vos y como lo pediste?
Hola, como pauta "...si se encuentran reunidos los requisitos
que establece el art. 258 del C.P.C.C.N., corresponde formar
incidente de ejecución de sentencia, debiendo a tal fin
certificarse las copias acompañadas y remitirse el incidente de
ejecución, para su sustanciación, al juzgado de la instancia
anterior, correspondiendo calificar como juratoria la fianza a
cargo de la actora, la cual se deberá prestar ante el juez de
primera instancia..."


"...resulta procedente la formación del
incidente de ejecución de sentencia si se encuentran reunidos
los requisitos que determina el art. 258 del C.P.C.C.N.,
fijándose a tal efecto caución juratoria, la cual se deberá
prestar ante el juzgado de la instancia anterior, debiéndose
remitir los autos al juzgado de origen por el término de cinco
(5) días para la formación del respectivo incidente de ejecución
de sentencia por la parte interesada, requiriéndose su oportuna
devolución para su elevación a la Corte Suprema de Justicia de
la Nación..."
 #1242038  por rubia
 
Hola colegas !!!
Consulta: cómo les fue con el incidente. Tengo que iniciar uno y es la primera vez que lo voy a hacer.
Tengo sentencia en fuero Civil favorable en 1era. instancia, confirmada por Cámara e interpusieron Recurso Extraordinario.

Dudas: MUCHAS....
Presento escrito adjuntando copias de ambas sentencias en Cámara y pido que se certifiquen. En el mismo escrito promuevo la ejecución y pido remisión a Cámara?. Practico liquidación en el mismo escrito de ejecución o pido embargo por el capital sin intereses?

Alguien tiene un modelo que me sirva como guía?

Gracias !!