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  • SUCESION. DUDAS ¿ES BIEN PROPIO O GANANCIAL?

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 #1196448  por sofia2009
 
Hola a todos, estoy por iniciar una sucesión ab intestado en la provincia de Bs. As.
El asunto es el siguiente:

- La propiedad que compone el acervo hereditario originalmente estaba compuesta por 3 partes indivisas (3 hermanos), la Sra. A compró ese 1/3 siendo de estado civil soltera.

- Una vez casada, la Sra. A compró las 2/3 partes de sus hermanos.

- Fallece la Sra. A y tiempo despues fallece su marido (tengo que hacer las 2 sucesiones)

- Los Herederos son 2 hermanos unilaterales (un hijo la Sra. A lo tuvo de soltera con un señor y el otro hijo la Sra. A lo tuvo de casada con otro señor).

Mi duda es: el bien puede reunir una calificacion mixta, propio y ganancial? O al ser la mayor parte ganancial (2/3) adquiere esa calificación????
Cómo se reparten ese bien entre esos 2 hermanos unilaterales?

Gracias *abrazo*
 #1196473  por legalescom
 
De aplicarse el Código Civil derogado, ver su art. 1266, la Jurisprudencia, ha dicho al respecto: "Cuando un bien ha sido adquirido con aportes sucesivos de fondos propios y gananciales, debe estarse a la calificación que le confiere el título de origen y no a la determinada por el desembolso económico mayor, sin perjuicio del derecho de compensación que dicha contribución genere". En cambio el Cód. Civil y Comercial, establece, en su art. 464, inc. c) "Sin embargo, si el saldo es superior al valor del aporte propio, el nuevo bien es ganancial, sin perjuicio de la recompensa debida al cónyuge propietario;
Entonces, por la fecha del fallecimiento, seguro, se aplica el cod. derogado que calificaba de propio dicho bien.
Por último, si el esposo, sobrevive o sobrevivió, a la causante, éste la hereda como un hijo más