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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1242858  por AndreaL
 
Estimados colegas, me regularon honorarios en una ejecución de sentencia, los cuales fueron apelados.por Anses y la cámara confirmo el porcentaje decidido en 1 instancia, es el juzgado 7. Me pide dicho juzgado q haga una cuantificación de los honorarios sobre la base de todo lo percibido por el accionante al momento de la liquidación definitiva. Este data del 2016, la duda es, debo actualizar el monto aplicando qué tasa? Activa, pasiva? Gracias
 #1242868  por Mer1984
 
Hola, no hay que hacer ninguna actualización. Debes tomar el porcentaje decidido en Primera, y confirmando en Cámara, y calcularlo sobre el total percibido por el accionante. O sea liquidación $300.000.- y sobre ello el porcentaje regulado. Deben haberte regulado honorarios por las tareas en Cámara también, tenes que aplicar ese porcentaje también. Por ejemplo el 25% del porcentaje de Primera. Practicas la cuantificación, el 7 le da traslado a ANSES y una vez consentida pedis que se apruebe. Luego pedis que expidan certificado dando cuenta que las sumas no fueron abonadas, que las costas están a cargo de ANSES, etc. Finalmente con ese certificado y copias de las sentencias de autos inicias el procedimiento administrativo de pago de los honorarios en ANSES. Saludos
 #1242891  por AndreaL
 
Mer1984 escribió: Vie, 12 Jul 2019, 13:00 Hola, no hay que hacer ninguna actualización. Debes tomar el porcentaje decidido en Primera, y confirmando en Cámara, y calcularlo sobre el total percibido por el accionante. O sea liquidación $300.000.- y sobre ello el porcentaje regulado. Deben haberte regulado honorarios por las tareas en Cámara también, tenes que aplicar ese porcentaje también. Por ejemplo el 25% del porcentaje de Primera. Practicas la cuantificación, el 7 le da traslado a ANSES y una vez consentida pedis que se apruebe. Luego pedis que expidan certificado dando cuenta que las sumas no fueron abonadas, que las costas están a cargo de ANSES, etc. Finalmente con ese certificado y copias de las sentencias de autos inicias el procedimiento administrativo de pago de los honorarios en ANSES. Saludos
Gracias por tu respuesta! El juzgado en su proveído dice 5% de las sumas que por todo concepto resulten en autos a favor de accionante en ocasión de practicar laliquidación definitiva, a valores actuales y con mas el IVA si correspondiere. Dice a valores actuales y es del 2016. En Camara solo dijeron por sentencia interlocutoria que estaban bien establecidos los honorarios y nada mas, costas por su orden y que vuelva al juzgado. Entiendo que a valores actuales es a hoy 2019. Por otro lado, debo descontar lo que le descontaron en la liquidacion al actor' ?gracias