LLego esta notificación de una causa que lleva mi socio que esta de viaje...….me quede yo y si bien conozco la causa no es mi especialidad. Es en provincia. debo proponer prubas contando los 10 dias corridos en feria? . La fecha fijada es la del juicio? establezcan la probable duración del debate oral ----cual pongo?????'
Previo a todo trámite, atento a la inminencia del receso invernal, resérvense las presentes actuaciones en Secretaría hasta su finalización.
Fecho, hágase saber a las partes que, este Tribunal será integrado en forma unipersonal por quien suscribe (Art. 22 segundo párrafo del C.P.P. según texto ley 13943, art. 3 de la Res. 216/09 S.C.J.B.A).
A su vez, cíteselas a Juicio por el plazo individual de diez días para que interpongan las recusaciones que estimen pertinentes y ofrezcan pruebas; así también establezcan la probable duración del debate oral y público y el plazo para llevar a cabo la instrucción suplementaria, si fuere requerida (Art. 338 del Código de Procedimiento Penal -ley 13.943-).
NOTIFIQUESE. A tales fines, hágase comparecer a las partes para el 16 de agosto del cte. año, a las 10.00 horas y al encartado mediante el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario, salvo prescripción médica en contrario (Art. 103 del C.P.P.) y hágase saber a las autoridades penitenciarias que deberá quedar a disposición de este Tribunal
Previo a todo trámite, atento a la inminencia del receso invernal, resérvense las presentes actuaciones en Secretaría hasta su finalización.
Fecho, hágase saber a las partes que, este Tribunal será integrado en forma unipersonal por quien suscribe (Art. 22 segundo párrafo del C.P.P. según texto ley 13943, art. 3 de la Res. 216/09 S.C.J.B.A).
A su vez, cíteselas a Juicio por el plazo individual de diez días para que interpongan las recusaciones que estimen pertinentes y ofrezcan pruebas; así también establezcan la probable duración del debate oral y público y el plazo para llevar a cabo la instrucción suplementaria, si fuere requerida (Art. 338 del Código de Procedimiento Penal -ley 13.943-).
NOTIFIQUESE. A tales fines, hágase comparecer a las partes para el 16 de agosto del cte. año, a las 10.00 horas y al encartado mediante el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario, salvo prescripción médica en contrario (Art. 103 del C.P.P.) y hágase saber a las autoridades penitenciarias que deberá quedar a disposición de este Tribunal