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  • indemnizacion por art. 212 parrafo 4 lct

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 #1242746  por CBC2019
 
Hola buen dia!
necesito saber si alguien tiene algun modelo para poder intimar el pago de dicho art. 212 inc.4, ya que mi cliente renuncio para poder jubilarse por discapacidad con el 70%, pero nunca le abonaron ninguna indemnizacion, desde ya aguardo comentarios gracias.
 #1243323  por MORGAN
 
sencillo nomás. ante incapacidad certificada desde fecha tal y consecuente extinción del vínculo laboral intimo plazo dos días hábiles abone indemnización art 245 conforme lo establecido en el art 212 4to párr. de la LCT, bajo apercibimiento de reclamación judicial. queda ud debidamente notificado