Buen día. ¿ Puede un juzgado civil nac ordenar la inscripción de DH dictada en un juzgado c y co de pcia de Bs. As.?
Paso a explicar el caso: se trata del concurso de 4 sucesiones: !º) la hija inicia suces de sus padres en Pcia de Bs As, llega hasta la DH. La hija muere y su tía materna, única heredera, cede el inmueble que integra el haber hereditario y conjuntamente con los cesionarios inicia suc de la sobrina, en Nación.
Como el Juz Nac pidió acreditación de orden de insc de la suc. de los padres, los cesionarios, acreditando sus derechos se presentan en el suc. de pcia . y se hacen cargo hasta la obtención de la orden de inscripción del matrimonio a favor de la hija. En el interín, muere el cesionario y su esposa y única heredera, inicia la suc , la cual se acumula, por conexidad, en el mismo expediente ( Juz CyCO de Bs As).
Ahora, se acompañóal Juz Nac ( la sucesion de la hija) "Testimonio de la suc del matrimonio expedido por Juz de Pcia " y "copia certificada de la DH del cesionario", requiriendo la Orden de Inscripción (que a mi entender debiera ser conjunta con la cesión) y el JUz Nac contesta pidiendo partida de defunción del cesionario para ordenar la inscripción a favor de la cesionaria.
Mi razonamiento dice que el Juz Nac debe ordenar la inscrip de DH junto con la cesión , expedir Testimonio y entonces, la cesionaria, acompañarlo a la suc del cesionario( su cónyuge) en el Juz provincial donde tramita su suc, para que entonces alli, se ordene la inscripción a favor de su heredera, su cónyuge.
Ahora, si pude hacerme entender, ¿alguien puede contestar la pregunta con que inicié la consula?.
Desde ya muchas gracias
Paso a explicar el caso: se trata del concurso de 4 sucesiones: !º) la hija inicia suces de sus padres en Pcia de Bs As, llega hasta la DH. La hija muere y su tía materna, única heredera, cede el inmueble que integra el haber hereditario y conjuntamente con los cesionarios inicia suc de la sobrina, en Nación.
Como el Juz Nac pidió acreditación de orden de insc de la suc. de los padres, los cesionarios, acreditando sus derechos se presentan en el suc. de pcia . y se hacen cargo hasta la obtención de la orden de inscripción del matrimonio a favor de la hija. En el interín, muere el cesionario y su esposa y única heredera, inicia la suc , la cual se acumula, por conexidad, en el mismo expediente ( Juz CyCO de Bs As).
Ahora, se acompañóal Juz Nac ( la sucesion de la hija) "Testimonio de la suc del matrimonio expedido por Juz de Pcia " y "copia certificada de la DH del cesionario", requiriendo la Orden de Inscripción (que a mi entender debiera ser conjunta con la cesión) y el JUz Nac contesta pidiendo partida de defunción del cesionario para ordenar la inscripción a favor de la cesionaria.
Mi razonamiento dice que el Juz Nac debe ordenar la inscrip de DH junto con la cesión , expedir Testimonio y entonces, la cesionaria, acompañarlo a la suc del cesionario( su cónyuge) en el Juz provincial donde tramita su suc, para que entonces alli, se ordene la inscripción a favor de su heredera, su cónyuge.
Ahora, si pude hacerme entender, ¿alguien puede contestar la pregunta con que inicié la consula?.
Desde ya muchas gracias