Hola Colegas!!! les hago una consulta media atípica que me preocupa. Inicio pensión derivada (a los 4 meses de fallecida la esposa). Me piden nota por diferencia de domicilios y prueba (estaban casados, presento nota, comprobante de misma obra social, comprobante de que el era apoderado para cobrar la jubilación y que el aparece en el acta de defunción de su esposa...no mucho mas (no hay servicios ni tarjetas de crédito, etc), y ofrezco para el caso que se precisen testigos (sin decir cuales).- Resuelven que como había un expediente de web iniciado antes (nadie tenia ni idea) y estaba para liquidar no quedaba nada pendiente, desestimando el de papel por esa razón. Personalmente me dijeron que por dejar la prueba me "liquidaron" el web ok. Sale favorable. Comienza a cobrar la pensión pero retienen retro por error en liquidación y luego nuevamente "para que presente pruebas por diferencia de domicilio", presente nota (en Paseo Colon) diciendo que la prueba esta en el de papel porque ellos solo vieron el de web, y que ademas les aparece desfavorable. Envían desde la UDAI el de papel. La consulta es: Pueden ahora nuevamente pedirme mas pruebas cuando esto ya fue aprobado y le empezaron a pagar su pensión (hace meses ya), Nunca me paso y quería saber si me estoy manejando bien. Muchas gracias a todos!!!!