Buenas tardes foristas, soy nueva en el fuero de familia, por eso les pido su ayuda.
Les comento: me llega un cliente, que tramito hace unos cuantos años un expediente por alimentos contra el papa de su hijo. Hicieron el acuerdo, y el mismo se cumplió a la perfección.
En Diciembre de este año, el menor cumple 18 años, con la salvedad que como va a una escuela técnica, debe cursar un año mas, por lo que fuera del caso que después continuara estudiando a nivel universitario, por lo pronto el año que viene tiene un año mas de escuela pero ya con 18 años cumplidos.
Mi cliente consulta con el abogado que le tramito los alimentos en su momento, y este le dice que ya no se dedica mas al Derecho de Familia, por lo que no tiene problema en que se busque un abogado de confianza. Y así, llega a mi este cliente.
Mis dudas son las siguientes:
1- llamo al abogado y le pido que me pase los datos del expte (la cliente no sabe ni donde tramita y la MEV no me deja ver nada sin autorización)?
2- para la sustitución tengo que pedirle al abogado que renuncie? En caso que no quiera, le mando Carta Documento anunciando el cambio de patrocinio?
3- y una cuestión ya mas técnica: el pedido continuidad de cuota alimentaria, lo presento en el mismo expediente ya iniciado antes que el menor cumpla los 18? Y por lo que leí, el Codigo autoriza hasta los 21, a que el progenitor que convive con el alimentado reclame y administre esa cuota, no?
Desde ya, les agradezco cualquier ayuda en el tema.
Saludos!!
Les comento: me llega un cliente, que tramito hace unos cuantos años un expediente por alimentos contra el papa de su hijo. Hicieron el acuerdo, y el mismo se cumplió a la perfección.
En Diciembre de este año, el menor cumple 18 años, con la salvedad que como va a una escuela técnica, debe cursar un año mas, por lo que fuera del caso que después continuara estudiando a nivel universitario, por lo pronto el año que viene tiene un año mas de escuela pero ya con 18 años cumplidos.
Mi cliente consulta con el abogado que le tramito los alimentos en su momento, y este le dice que ya no se dedica mas al Derecho de Familia, por lo que no tiene problema en que se busque un abogado de confianza. Y así, llega a mi este cliente.
Mis dudas son las siguientes:
1- llamo al abogado y le pido que me pase los datos del expte (la cliente no sabe ni donde tramita y la MEV no me deja ver nada sin autorización)?
2- para la sustitución tengo que pedirle al abogado que renuncie? En caso que no quiera, le mando Carta Documento anunciando el cambio de patrocinio?
3- y una cuestión ya mas técnica: el pedido continuidad de cuota alimentaria, lo presento en el mismo expediente ya iniciado antes que el menor cumpla los 18? Y por lo que leí, el Codigo autoriza hasta los 21, a que el progenitor que convive con el alimentado reclame y administre esa cuota, no?
Desde ya, les agradezco cualquier ayuda en el tema.
Saludos!!