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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1245362  por jorgito1977
 
hola estimados :


si un empleado ya posee un 20% de cuota por alimentos provisorios y al tiempo recae un oficio de embargo por honorarios .....se debe informar al juzgado que ya no se puede embargar el sueldo....ya que el margen de afectación esta ocupado? grcias.Nos estamos leyendo
 #1245366  por DRalonso
 
INTENTALO, PERO ADVERTILE A TU CLIENTE QUE EL COLEGA QUE QUIERE COBRAR SE VA A OPONER Y PUEDE PERDER EL INCIDENTE CON COSTAS...
 #1245373  por DRalonso
 
UN "GRACIAS" ESTARIA BUENO...

JORGITO: ¿PORQUE NO ACLARASTE DE ENTRADA QUE TU CLIENTE ES LA EMPRESA EMPLEADORA?

¿RECOMENDARIAS A LA EMPRESA QUE NO CUMPLA UN OFICIO JUDICIAL?
 #1245407  por jorgito1977
 
DRalonso escribió:UN "GRACIAS" ESTARIA BUENO...

JORGITO: ¿PORQUE NO ACLARASTE DE ENTRADA QUE TU CLIENTE ES LA EMPRESA EMPLEADORA?

¿RECOMENDARIAS A LA EMPRESA QUE NO CUMPLA UN OFICIO JUDICIAL?


si en la sentencia dice embargo en proporciones de ley(20%) y esta proporcion del sueldo ya esta ocupada(alimentos)...no significa que No ejecutarlo seria un incumplimiento ...se entiende?
 #1245465  por jorgito1977
 
o sea si ya esta afectado el 20% de los haberes con un medida cautelar de alimentos no hay margen para mas embargo sobre sueldo...