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  • SUMA PARCIAL "DADA EN PAGO"

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 #1245824  por Niemand
 
Estimados, tengo un conflicto de interpretación judicial. Mi contraria depositó una suma parcial en autos y la DIO EN PAGO. Por tal motivo, realicé la imputación de ese pago parcial y pedí giro, a lo que el Tribunal pidió a la demandada que se expida respecto de un recurso precedente, en el cual insistió. Por eso, antes de que el expediente fuera a Cámara, pedí la conversión de las sumas depositadas en U$S para evitar un perjuicio a mi cliente. Ahora bien, una vez que se expidió la Cámara a mi favor, vuelvo a pedir -ahora los dólares- y el juzgado alegremente pretende librarme giro por la suma nominal en pesos que la accionada ya había dado en pago. A mi entender, pago parcial o no, si la demandada lo DIO EN PAGO, salió de su patrimonio y pretendió desobligarse, con lo cual -LOS FRUTOS- de esa suma parcial, son del acreedor y no del deudor. Alguno me puede aportar algo al respecto? Gracias
 #1245930  por Tuiti
 
Niemand escribió: Mar, 03 Sep 2019, 11:13 Estimados, tengo un conflicto de interpretación judicial. Mi contraria depositó una suma parcial en autos y la DIO EN PAGO. Por tal motivo, realicé la imputación de ese pago parcial y pedí giro, a lo que el Tribunal pidió a la demandada que se expida respecto de un recurso precedente, en el cual insistió. Por eso, antes de que el expediente fuera a Cámara, pedí la conversión de las sumas depositadas en U$S para evitar un perjuicio a mi cliente. Ahora bien, una vez que se expidió la Cámara a mi favor, vuelvo a pedir -ahora los dólares- y el juzgado alegremente pretende librarme giro por la suma nominal en pesos que la accionada ya había dado en pago. A mi entender, pago parcial o no, si la demandada lo DIO EN PAGO, salió de su patrimonio y pretendió desobligarse, con lo cual -LOS FRUTOS- de esa suma parcial, son del acreedor y no del deudor. Alguno me puede aportar algo al respecto? Gracias

¿ Y qué contestó el Tribunal a tu pedido ? ¿ O quedó sólo en éso, en un pedido ?
Por otro lado pregunto ¿ las diferencias de cotización de moneda extranjera, son consideradas frutos ?