Estimados, tengo que iniciar un pedido de quiebra, la consulta es, en caso que se decrete la quiebra de la empresa me regularan honorarios en que etapa? esos honorarios tiene privilegio de pago? muchas gracias
Vas a iniciar un pedido de "propia quiebra" o " de un tercero" y esperar que te liquiden honorarios judiciales ??? No vas a pactar y/o cobrar de antemano ? Vas a esperar la finalización del proceso para intentar cobrar ???
Te los regulan luego de aprobada la liquidación final de la Q.
Con respecto a los privilegios fijate en la LCyQ que están muy claros.