BUENAS TARDES COLEGAS, MI DUDA ES LA SIGUIENTE, PEDIMOS LA RETENCION DIRECTA DEL SUELDO DE UN ALIMENTANTE. EL EMPLEADOR HIZO LA RETENCION DIRECTA DEL DINERO PERO OLVIDAMOS PONER EL CBU DE LA CUENTA JUDICIAL DE NUESTRA CLIENTE PARA QUE LE TRANSFIERAN ESE DINERO RETENIDO. LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SI MANDAMOS OTRO OFICIO INFORMANDO EL CBU DEBE FIRMARLO Y SELLARLO EL JUZGADO?? O PODEMOS ENVIARLO DIRECTO COMO LOS DEL ART. 400?? MUCHAS GRACIAS
RossFlor2019 escribió: ↑Mar, 10 Sep 2019, 11:30 BUENAS TARDES COLEGAS, MI DUDA ES LA SIGUIENTE, PEDIMOS LA RETENCION DIRECTA DEL SUELDO DE UN ALIMENTANTE. EL EMPLEADOR HIZO LA RETENCION DIRECTA DEL DINERO PERO OLVIDAMOS PONER EL CBU DE LA CUENTA JUDICIAL DE NUESTRA CLIENTE PARA QUE LE TRANSFIERAN ESE DINERO RETENIDO. LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SI MANDAMOS OTRO OFICIO INFORMANDO EL CBU DEBE FIRMARLO Y SELLARLO EL JUZGADO?? O PODEMOS ENVIARLO DIRECTO COMO LOS DEL ART. 400?? MUCHAS GRACIAS