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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1246454  por adrianne
 
Estimados una cliente nos quiere abonar los honorarios regulados en 1ra instancia . Se pueden cobrar ?? les comento que actor y demandado estamos apelando la sentencia. Quizá sea una pregunta tonta pero no queremos meter la pata. Gracias! *flor*
 #1246604  por drasaifeliza
 
TAL VEZ TE ESTOY CONTESTANDO CON UNA BRUTALIDAD. YO, EN TU LUGAR COBRARÍA IGUAL PONIENDO EN EL RECIBO, A CUENTA DE HONORARIOS APELADOS. PORQUE SI EL CLIENTE YA DESEA PAGAR, CONSIDERO ESE DINERO YA TE LO ASEGURÁS Y COMO DICE EL REFRÁN, MÁS VALE PÁJARO EN MANO QUE CIEN VOLANDO. DE IGUAL MODO AGUARDÁ OTRAS RESPUESTAS MÁS JURÍDICAMENTE FUNDAMENTADAS Y TE DESEO LO MEJOR-
DRA. SAIFELIZA
 #1246605  por adrianne
 
Gracias Doc por conmtestarme en realidad son honorarios mios de 1ra instancia de 2 juicios. Despues tendria los de 2da instancia (parte demandada) es mi cliente. Son varios los demandados pero la q paga es una de ellas el total x q el resto no quiere pagar nada porque el hotel lo maneja solo ella y dicen q nunca recibieron dinero. Que tengas lindo día y excelente finde. Adri *flor*