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  • SUMAS EMBARGADAS, SE IMPUTAN A CAPITAL O INTERESES???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1246624  por FERNANDODEALMAGRO
 
Estimadas/os, agradeceré si alguien me puede orientar.

Luego de 1 año y medio aparece plata embargada en la cuenta del juzgado, proveniente a embargos bancarios (laboral CABA). Alrededor de 30 % del capital actualizado a la fecha de condena (y alrededor de 18 % de monto total actualizado a la fecha con intereses)

La consulta es: Antes de solicitarle al juez el giro en favor del actor, practico nueva liquidación y solicito se impute a intereses? Esto procederá?

No quiero afectar el capital toda vez que que mucho recorrido para cobrar el total.

Muchas gracias!
 #1246630  por Le26
 
Yo capitalizaría los intereses de la primera liquidación (Art. 770.c Cód. Civ y Com.) y después depende del criterio del Juzgado, yo lo pediría y sí la otra parte no lo impugna o el juzgado no ordena nueva liquidación, va a quedar aprobado