Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RETIRO FRACCIONADO CORRESPONDE REPARACION HISTORICA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1248243  por Dramarymoulin
 
CONSULTA URGENTE!!!
TENGO UNA CLIENTA QUE TIENE LA PENSIÓN DE SU ESPOSO MEDIANTE MODALIDAD RETIRO FRACCIONADO (LEY 26425)
SU ESPOSO FALLECIÓ EL 25-11-2006, FECHA DE PAGO INICIAL 1-12-2008 APORTES 27 AÑOS 4 MESES Y 29 DÍAS. ULTIMO APORTE 31-1-1998 DESEMPLEO 1-3-98 AL 28-2-1999.-
EN LA PAGINA DEL ANSES ME APARECE DESDE QUE SE INICIO LO DE LA REPARACIÓN HISTÓRICA, QUE LE CORRESPONDE.-
SE PUEDE HACER ALGO, HACE UN JUICIO POR MOVILIDAD? GRACIAS
 #1248246  por lucky
 
Para tomar una decisión tenés que comparar el aumento que te ofrecen por la RH y lo que obtendrías en caso de hacer juicio de reajuste.
Hay muchísima jurisprudencia sobre reajuste de estos beneficios que son previsionales (algunos sobre renta vitalicia pero cuyos fundamentos son similares: de Corte tenés a “Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. Ley 25.561 – dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo” sentencia del 16 de septiembre de 2008; Etchart, Fernando Martín c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos” sentencia del 27 de octubre de 2015; “Deprati, Adrián Francisco c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos” sentencia del 4 de febrero de 2016; y CECCHINI CLAUDIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS, Sala 2 CFSS de febrero de 2018).
 #1248248  por Dramarymoulin
 
lucky escribió: Vie, 11 Oct 2019, 18:02 Para tomar una decisión tenés que comparar el aumento que te ofrecen por la RH y lo que obtendrías en caso de hacer juicio de reajuste.
Hay muchísima jurisprudencia sobre reajuste de estos beneficios que son previsionales (algunos sobre renta vitalicia pero cuyos fundamentos son similares: de Corte tenés a “Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. Ley 25.561 – dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo” sentencia del 16 de septiembre de 2008; Etchart, Fernando Martín c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos” sentencia del 27 de octubre de 2015; “Deprati, Adrián Francisco c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos” sentencia del 4 de febrero de 2016; y CECCHINI CLAUDIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS, Sala 2 CFSS de febrero de 2018).
HOLA GRACIAS POR TU RESPUESTA, YO CREO QUE CONVENDRÍA HACER UN JUICIO POR REAJUSTE, PERO LA VERDAD ES QUE NUNCA, HICE LA CLIENTA ES MI TIA, Y YO CREO QUE LE SERIA MAS REDITUABLE OBTENER TODO EL DINERO, TIENES MODELO DE COMO SE INTERPONE ESTO, SE QUE HAY QUE AGOTAR LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA, DEBERÍA PRESENTAR UNA NOTA AL ANSES, PERO NO SE QUE TENDRIA QUE CONTENER, PORQUE LA MOVILIDAD ME DEBERIA AMPARAR EN SU ULTIMO MEJOR SUELDO O COMO SERIA??. MUCHAS GRACIAS
 #1248250  por lucky
 
Por lo que decís tenés que empezar de cero en cuanto al armado de todo el reclamo, primero administrativo y después judicial. No es fácil. Implica leer toda la legislación, su evolución, la eliminación del régimen de capitalización en el 2008, y sobre todo la jurisprudencia de la Corte y de la CFSS en todos estos años que fue marcando las pautas a aplicar.
Y una vez estudiado todo esto hay que adecuarlo al caso en particular, para lo cual necesitás analizar el expediente de jubilación del causante para pedir el recálculo del haber inicial; su movilidad; el posterior recálculo del haber inicial de pensión derivada, y su movilidad posterior.
 #1248255  por Dramarymoulin
 
Claro por eso lo postee en el foro pedí un turno para reajuste badaro, que es lo único que hay en anses, en esa instancia vere si tengo acceso al expediente, y bueno se que hay que leer las leyes y los fallos lo cual es obvio, pero todos los abogados tenemos como un modelo Marco y lo adaptamos, yo claramente no hago previsional por eso pedía una guía de como hacerlo,