Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TRABAJADORA EMBARAZADA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1248907  por marianmollet
 
Hola a todos! mi consulta es la siguiente:
Empleada de comercio, en negro desde el inicio de la relación laboral, sin cobrar sueldo por convenio.- No notificó fecha probable de parto/embarazo atento el desconocimiento de esta obligación y el hecho de estar en negro.- Se debe reincorporar 15/11/19.- Informalmente el empleador le dijo que la quiere jornada completa como hasta el momento y que de lo contrario no proseguiría el vinculo, pero ella no estaría de acuerdo con mantener toda la jornada.- Con el pretexto de acreditar su laburo para ingresar a un curso, le hice un "certificado" donde consta tipo de jornada, dcilio y demás datos del empleador, el cual fue suscrito por el mismo.-
Quiero notificar el nacimiento de la beba poniendo a disposición el certificado, para la indemnización agravada.- Me conviene intimar por 24.013? xq si registra correctamente me corta la situación de despido indirecto.-
Que estrategia me sugieren?
Gracias de antemano
 #1248943  por MORGAN
 
por supuesto 24013, afip, comunique si va o no a registrar conforme los datos proporcionados bajo apercibimiento de etc etc, comunica nacimiento hija en fecha tal cursando licencia con fecha de reintegro a las tareas tal conforme se le notificara mediante entrega de certificado ante testigo etc
 #1248946  por Tuiti
 
MORGAN escribió: Lun, 28 Oct 2019, 22:08 por supuesto 24013, afip, comunique si va o no a registrar conforme los datos proporcionados bajo apercibimiento de etc etc, comunica nacimiento hija en fecha tal cursando licencia con fecha de reintegro a las tareas tal conforme se le notificara mediante entrega de certificado ante testigo etc
Hola MORGAN, tanto tiempo !
Leo y entiendo la consulta y tu respuesta :P , pero no me queda claro :roll: ¿ puede el empleador negarle la reducción de jornada ? ¿ Si todo lo demás estuviera en orden, sería causal de considerarse despedida ???
 #1249087  por MORGAN
 
Tuiti escribió: Lun, 28 Oct 2019, 22:20
MORGAN escribió: Lun, 28 Oct 2019, 22:08 por supuesto 24013, afip, comunique si va o no a registrar conforme los datos proporcionados bajo apercibimiento de etc etc, comunica nacimiento hija en fecha tal cursando licencia con fecha de reintegro a las tareas tal conforme se le notificara mediante entrega de certificado ante testigo etc
Hola MORGAN, tanto tiempo !
Leo y entiendo la consulta y tu respuesta :P , pero no me queda claro :roll: ¿ puede el empleador negarle la reducción de jornada ? ¿ Si todo lo demás estuviera en orden, sería causal de considerarse despedida ???
Hola Tuiti, como andás? Yo ok. Mirá, por este asunto, de hecho el empleador casi nunca da esos descansos. si puede resultar justificación para un despido? es relativo. generalmente en principio, si se lo niegan, puede notificar que va a hacer uso de ese derecho. esa situación inexorablemente escala en un conflicto (suspensión - no pagan el salario - negativa de tareas -etc.), que termina con el despido
 #1249089  por ClaudioFer
 
Coincido con las respuestas de Morgan y de Tuiti. Deberías intimar el registro de la relación laboral en los términos de la LNE 24.013 (además de comunicar el nacimiento conforme a la LCT) bajo apercibimiento de despido indirecto. Si no procede al registro, hacés efectivo dicho apercibimiento con el devengo de las indemnizaciones pertinentes. Es que, de otro modo, cuando decís “si registra correctamente me corta la situación de despido indirecto” ¿basándote en cuál causal lo configurás? A no ser que tengas otra que no nos comentaste, el hecho de que el empleador no acepte reducir la jornada a la mitad no es injuria laboral.
El contrato de trabajo, más allá de sus particularidades derivadas de la normativa de orden público que lo regula, es, como categoría conceptual y como su nombre indica, un contrato, y como tal solo puede ser modificado por acuerdo de partes (la ley solo al empleador lo faculta a introducir modificaciones no esenciales en el modo de ejecutar la prestación y dentro de ciertos límites y requisitos en virtud del ejercicio legítimo del ius variandi, artículo 66, LCT, derivado de sus potestades de organización del trabajo). En todo lo demás, se le aplican los principios generales de los contratos (fuerza vinculante, efecto relativo, etc.), entre los que está, como corolario, la imposibilidad de modificación unilateral, porque eso equivaldría a incumplir el contrato o cumplir las obligaciones como a cada cual se le antoje.
En ese sentido, es claro el Código Civil y Comercial al disponer:
“ARTICULO 959.- Efecto vinculante. Todo contrato válidamente celebrado es obligatorio para las partes. Su contenido sólo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de partes o en los supuestos en que la ley lo prevé”.
Y en este caso la LCT no autoriza al trabajador (ni obliga al empleador a aceptar) a modificar el contrato por su sola voluntad y cambiar o reducir la jornada a su antojo. Y si no previeron las partes al respecto en el contrato, porque encima es verbal y en negro, no tenés por aquel motivo posibilidad de configurar un despido indirecto si el empleador no acepta la reducción de la jornada.
 #1249090  por ClaudioFer
 
No veo otra posibilidad. Porque así, exigiendo el blanqueo va a poder tener derecho a la licencia legal por maternidad, y si el empleador no acepta, tenés las indemnizaciones agravadas
 #1249099  por Tuiti
 
MORGAN escribió: Mié, 30 Oct 2019, 19:23

Hola Tuiti, como andás? Yo ok. Mirá, por este asunto, de hecho el empleador casi nunca da esos descansos. si puede resultar justificación para un despido? es relativo. generalmente en principio, si se lo niegan, puede notificar que va a hacer uso de ese derecho. esa situación inexorablemente escala en un conflicto (suspensión - no pagan el salario - negativa de tareas -etc.), que termina con el despido

Gx Morgan !