Buenas colegas consulta, tengo un cliente que ingresó a trabajar en "Ferrobaires" en planta temporaria en el año 2000, luego en el año 2008 lo pasan a planta permanente.- Hace un tiempo lo despidieron y si bien en su recibo de sueldo sólo figuraba la antigüedad por el período en planta permanente sin tener en cuenta el período en planta transitoria...le pagaron contemplando en la antigüedad los dos períodos (es decir 18 años, 2000 a 2018). En el certificado del art. 80 también figura fecha de ingreso año 2000.- Entonces...si en el certificado art 80 figura fecha de ingreso año 2000 y en su recibo de sueldo figuran sólo 10 años de antigüedad, (que es el tiempo que trabajo en plante permanente)...se puede reclamar que se reconozcan los años de plante temporaria en relación a jubilación y demas cuestiones previsionales? espero haber sido clara, graicas!!!