Buenos días colegas... soy inexperta en el fuero de familia, me llega a consulta un juicio de alimentos donde al PADRE se le traba embargo por cuota alimentaria, ordenando la retención de haberes. efectivamente se ordenó y se empezó a practicar, al mes siguiente el HIJO cambia de domicilio y se muda con el PADRE, por lo que se avisa en el expediente y las partes acuerdan que desde ese momento cesen las cuotas. El abogado de la MADRE da cuenta, ratifica lo sucedido, el juzgado ordena el oficio a la CAJA DE POLICIA. Mi consulta es... Esta acción le corresponde al abogado de la actora, en el oficio está autorizado su diligenciamiento a su nombre, entonces... como abogada del demandado, puedo hacer algo con ese oficio para apresurar. La caja de policia todavía no sabe del cese de la medida, y esto lo esta perjudicando. los descuentos se siguen practicando, cree que su ex pareja sigue cobrando, el chico vive con él y el expediente no se mueve desde hace 6 meses. BUSCO UNA ORIENTACIÓN AL RESPECTO. Puedo pedir que me autoricen a mi a librar esos oficios?