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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1250439  por re1301
 
Hola!

Hace unos meses trabajo en una empresa y luego de un tiempo decidi que no quiero seguir haciendo guardias pasivas ya que me dificulta la asistencia a la facultad y temas personales.

Es una guardia bastante demandante, son 2 semanas por mes y normalmente esto termina en 30 horas adicionales de trabajo por mes.

Me pueden despedir por rechazar estas guardias?

Asi es como definen las guardias pasivas en esta empresa:

"Reconocimiento de un adicional salarial a aquel colaborador que sea asignado a una guardia pasiva (on call) fuera de su horario normal de trabajo. Esta guardia pasiva consistirá en estar a disposición de la Compañía y/o los clientes durante un tiempo predeterminado para avocar, de ser necesario, a la urgencia que el servicio requiera.
Su asignación quedará a criterio del líder de su equipo conforme a las necesidades de clientes y/o de la Compañía, por lo que no se le garantiza cantidad de días de guardia pasiva y/o permanencia o derecho adquirido de ser llamado a las mismas como tampoco compensación alguna por ausencia de llamados."
 #1250467  por ClaudioFer
 
No queda claro si tu pregunta apunta a si te pueden despedir con o sin justa causa.
En mi opinión, el tema es que tal vez tu negativa no configure una injuria suficiente para el despido causado, pero te pueden despedir sin invocar esa causa (o cualquier otra), en cuyo caso te pagan la indemnización correspondiente y vos te quedás sin trabajo, porque así ya no les servís y hace poco que trabajás ahí, con lo cual eso no les signifique a la empresa una erogación importante.
Ahora con respecto a si es o no causal de despido, habría que ver qué pactaste en tu contrato de trabajo al ingresar, porque éste es también fuente de derechos y obligaciones en la medida de la validez de sus estipulaciones, y si es condición del mismo el realizar esas guardias pasivas en determinadas circunstancias, el negarse a hacerlas sería causal válida de despido.
Si nos atenemos, por ejemplo, a las horas extras, así como el empleador no está obligado a otorgarlas, el trabajador no está obligado a realizarlas (salvo en circunstancias excepcionales, en las que temporalmente se le pueden requerir que las haga), por lo que la regla es que no configura justa causa de despido la negativa del trabajador a laborar en horas suplementarias.
El caso tuyo podría asimilarse a éste, dado el tenor del texto que transcribiste. No obstante, habría que ver qué dice tu contrato, porque, como dije, si es condición del mismo (como podría ser tener que viajar a otras ciudades), estás obligado por lo que firmaste. Pero, como también dije, te pueden despedir pagando lo que por ley corresponde y vos te quedás sin trabajo. Es tu elección.