Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SERVICIO MILITAR

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1072640  por letisu117
 
HOLA COLEGAS ; LES QUERIAMOS CONSULTAR SOBRE UN SEÑOR QUE YA TIENE LA EDAD PARA JUBILARSE 65 AÑOS Y EN SU JUVENTUD EFECTUO 1 AÑO DE SERVICIO MILITAR.
ESE AÑO SE LO PUEDE CONSIDERAR COMO APORTE?
PERO QUE DOCUMENTACION TENDRIA QUE ACOMPAÑAR PARA QUE ME LO HAGAN VALER?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
 #1072839  por corave55
 
Presentá L.E. o Dni en su caso, con las hojas correspondientes al servicio efectuado.
Enviar nota al Destacamento solicitando reporte de los servicios y el tiempo de admisión y baja del mismo. Demora un tiempo considerable que contesten.
Evaluá los pro y los contra, convendría comprar por moratoria esos meses si estás corto de tiempo.
 #1072846  por MARIO1943
 
letisu117 escribió:HOLA COLEGAS ; LES QUERIAMOS CONSULTAR SOBRE UN SEÑOR QUE YA TIENE LA EDAD PARA JUBILARSE 65 AÑOS Y EN SU JUVENTUD EFECTUO 1 AÑO DE SERVICIO MILITAR.
ESE AÑO SE LO PUEDE CONSIDERAR COMO APORTE?
PERO QUE DOCUMENTACION TENDRIA QUE ACOMPAÑAR PARA QUE ME LO HAGAN VALER?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
ESTA CONTEMPLADO EN LA PROBATORIA RR.DD. 524/08
PUNTO 1.4.12-SERVICIOS PRESTADOS EN FUERZA D E SEGURIDAD Y DEFENSA, QUE DICE , RESUMIENDO LO SIGUIENTE

LOS SERVCIOS MILITARES , PRESTADOS EN LAS FF.A.A., PODRAN SER RECONOCIDOS POR ESTA ANSES COMO PROPIOS, SIEMPRE Y CUANDO ESTOS NO FUERON UTILIZADOS PARA OBTENER UN RETIRO MILITAR, EN NINGUN CASO LOS SERVICIOS SE VERIFICARAN, SE ACREDITA CON LA CERT. SERVICIOS, EXTENDIDA POR LA FUERZA CORRESPONDIENTE
 #1072993  por letisu117
 
Muchas gracias por tu respuesta, pero le vamos a comprar en moratoria porque ya tenemos turno para el 18/12/14.
Desde ya muchas gracias.
 #1250720  por Mer1984
 
Mario1943 ¿Cómo estás? Consulto ¿Sigue vigente esta posibilidad? Tengo un cliente que está contando los días para poder llegar a los 30 años y su año de colimba en la juventud puede suponer la diferencia entre jubilarse o no. Saludos y gracias!
 #1250725  por MARIO1943
 
EN LA RESOLUCION NUEVA 617.2015, NO CONTEMPLAN ALGUNAS DISPOSICIONES DE LA 524/08, COMO SER LA DEL S. MILITAR , LOS APORTES MINIMOS , POR LO TANTO LO QUE NO DICE LA 617/2015, SE SIGUE APLICANDO LA 524/08
 #1250726  por Mer1984
 
Vos sabes que me entraba justamente la duda por la "convivencia" de ambas resoluciones. Le doy para adelante entonces ¡Muchas gracias Mario1943!
 #1251363  por ebelmo
 
Alguien sabe como se inicia la jubilacion de un gendarme hoy?? Gracias