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  • Repetición del pago de sentencia - art 130 LCT

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1250920  por Cuervoblanco
 
Estimados colegas:
En un laboral la demandada perdidosa tenía en comodato la explotación comercial de un restaurante propiedad de la firma que represento.
En el expte que tramita en Pcia. de Bs. As. a mi mandante se le hizo extensiva la sentencia acorde art. 30 LCT.
La empresa abonó el 50% del monto de la sentencia y llamo a mediación hace 2 años exactos a la demandada, es decir que la mediación prescribió hace 1 año.
Mi consulta es: ¿se puede iniciar la acción de repetición del pago a la demandada dentro del mismo expte. laboral? o hay que llamar a una nueva mediación e impular la demanda luego?.
Desde ya, mil gracias!.