Buenos dias, pregunta, en un reajuste de una pension derivada, es necesario hacer la sucesion de la titular de la pension para que cobren los herederos el retroactivo es correcto? Hay alguna otra forma? es necesario hacer la sucesion de ambos o solo la del titular de la pension? Gracias
Si falleció la titular y no quedó nadie con derecho a pensión, siempre hay que hacer la sucesión para cobrar el retroactivo devengado.
Es más, como es dificilísimo que ANSES pague a los herederos no queda otra que ejecutar, embargar y transferir la plata a una cuenta del sucesorio.
Sería una sucesión de la titular de la pensión porque es retroactivo de ese beneficio.