Hola colegas, el caso es asi, pcia de bs. as. , sra embarazada de tres meses quiere reclamar alimentos para su hijo por nacer. No estaba casada con el papa, ni convivían. Inicio los alimentos como una medida cautelar? y en paralelo la filiación? o hay que iniciar una información sumaria para que declaren los testigos y luego con eso inicio la cautelar.
el art. 665ccyc habla de información sumaria de la prueba de filiación y ahí me queda la duda. gracias
el art. 665ccyc habla de información sumaria de la prueba de filiación y ahí me queda la duda. gracias