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  • Concepto actual de relacion de dependencia encubierto por monotributo

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1252648  por DrGonzalezFernandez
 
Buenas tardes.

Quisiera saber si saben, en la actualidad, cual es la corriente que se impone frente a los casos donde un trabajador es anotado como Monotributista por su empleador (privado) con el fin de evitar las cargas sociales, pero que en la realidad, por la forma de trabajo y demás, es un trabajador en relación de dependencia.
Actualmente se sigue la linea donde basta con probar la relación de dependencia (horarios, tareas con directivas, vacaciones, SAC, etc) o pesa mas como esta registrado el empleado ante la AFIP?

El caso es que tengo un familiar que trabajo 5 años (entrando al sexto) en una oficina (que primero fue inmobiliaria y después estudio jurídico) y lo anotaron como monotributista para evitar las cargas que debían pagar. El lo acepto y no tiene problema con que se siga manteniendo así, incluso tiene deuda de 2 años con la AFIP porque descubrió que le dejaron de pagar el monotributo. Como tenia buena relación con la segunda al mando (una señora mayor que ya falleció) siguió trabajando ahí con la promesa de que le iban a solucionar el problema...pero claro, paso el tiempo y nada. Y a la vez necesitaba trabajar por lo que no hizo mucho problema por miedo al despido. Ahora se preocupa porque le dijeron que puede cerrar la oficina.

Entiendo que si en buenos términos no acuerdan que le cancelen toda la deuda, lo único que puede hacer es recurrir a esto, es decir, que realmente no era monotributista y que hubo ^fraude^ en como lo registraron. O puede probar que había un acuerdo donde le pagaban el monotributo, y entonces solo basta con probar eso?

He leído la noticia donde la Corte recorto aun mas los limites entre relación de dependencia y autónomo, y que también el presente gobierno sea mas de la idea contraria a ese fallo, pero quisiera saber que chances puede tener de realmente conseguir algo.

La verdad que yo en el tema estoy en 0.

Cualquier ayuda, se agradece.
Saludos.
 #1252654  por ClaudioFer
 
Es un claro caso de fraude laboral, y nada ha cambiado pese a los intentos gorilistas al respecto para hacer desaparecer el derecho laboral, como casi ha logrado en Brasil el energúmeno de Bolsonaro, que el otro día descubrió que los indios de la Amazonia son seres humanos. Debería consultar a un laboralista para que le confeccione los telegramas para reclamar correcta registración del vínculo laboral desde el inicio de la relación bajo apercibimiento de despido indirecto (ya que constituye una de las injurias más graves que habilitan la disolución del vínculo), más aún si considera que es inminente que van a prescindir de sus servicios de todos modos. Tiene muchos rubros para reclamar, pero para eso, reitero, necesita contar con el asesoramiento de un especialista y no intentar ninguna maniobra por su cuenta, porque después ya no tiene arreglo. Este es un foro para abogados, no para asesorar a particulares.
 #1252677  por adessoma
 
Estimado: El fallo de la CSJN que referís es Rica c/Htal. Alemán. Pero ojo que la Corte nunca dijo lo que muchos creemos que dijo. En primer lugar, señaló que se aplica al caso concreto, y en segundo lugar quedó probado que el médico era quien elegía el personal que lo asistía en las operaciones, que él elegía el horario para operar y que, además, bajo ese mismo CUIT también se registró actividad profesional para otras instituciones. Por último -y lo más decisivo- las facturas las emitió para otras clínicas, además del Htal. Alemán.
Planteado así, creo que fue un manotazo del abogado porque no tiene las características de relación laboral sino locación de servicios.
En tu caso tenés que hacerte tres preguntas: 1) Todas las facturas (en papel y electrónicas) son para el estudio?; 2) Puede conseguir testigos? (una vez leí que a un empelado en negro lo ponían como autorizado en cada expediente); 3) Es cobrable?
Saludos.
 #1252689  por ClaudioFer
 
Muy atinada tu intervención, Adrián. Qué bueno que estás de vuelta.
No había visto la última referencia de la consulta en donde alude a la Corte (la publicidad en el foro a veces corta los temas por el medio y hace perder el hilo). Ahora entiendo el porqué de la pregunta sobre el concepto actual de la dependencia.
Es cierto, hubo cierta desinformación al respecto. Los medios a veces titulan mal sus notas y es más lo que confunden que lo que informan, más teniendo en cuenta que algunos lectores se quedan solo con el título o el encabezado de la nota.
Acá puede apreciarse cómo se informa bien o mal sobre los alcances del fallo, que si bien tiene muchas aristas opinables (como que el supuesto dependiente no haya efectuado reclamos previos, o que su remuneración fuera fluctuante, ya que así sucede en los casos del art. 112 de la LCT), están obviamente sujetas a lo que pudo probarse en la causa (el abogado del médico fue Diego Tosca por lo que se lee):
Acá está bien explicado:
https://www.erreius.com/opinion/2/labor ... er-laboral
Acá está mal el título, aunque aceptable el contenido:
https://www.infobae.com/sociedad/polici ... pendencia/
Acá hay una entrevista de la Asociación de Abogados Laboralistas con el médico explicando la modalidad de contratación:
http://www.aal.org.ar/articulo_revista/fallo-rica/
Y, por último, el fallo, para quien le interese, en especial a quien hizo la consulta:
http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-ju ... pmocsollaf