Buenas tardes:
Tengo un sucesorio donde existe un complejo hotelero en la provincia de Mendoza.
El sucesorio hace unos cuantos años tramita en capital.
El bien de Mendoza ya fue inscripto (DDHH).
Teniendo en cuenta de que ese complejo es explotado por un solo heredero, no dejando ni siquiera ingresar a mi cliente (el cual es tambien heredero), ni siquiera para vacacionar (existe de hace unos años una constatacion notarial de esas circunstancias), me conviene hacer un incidente por canon locativo para poder tramitar todo en capital, o a alguno de ustedes se les ocurre alguna otra opción?: En realidad la intención de mi cliente es vender su parte, pero al menos mientras eso se logra poder tener un ingreso por medio del canon locativo. Al día de hoy no sabemos si el hotel esta explotado directamente por el otro heredero o si este lo alquila a un tercero. Desde ya muchisimas gracias
Tengo un sucesorio donde existe un complejo hotelero en la provincia de Mendoza.
El sucesorio hace unos cuantos años tramita en capital.
El bien de Mendoza ya fue inscripto (DDHH).
Teniendo en cuenta de que ese complejo es explotado por un solo heredero, no dejando ni siquiera ingresar a mi cliente (el cual es tambien heredero), ni siquiera para vacacionar (existe de hace unos años una constatacion notarial de esas circunstancias), me conviene hacer un incidente por canon locativo para poder tramitar todo en capital, o a alguno de ustedes se les ocurre alguna otra opción?: En realidad la intención de mi cliente es vender su parte, pero al menos mientras eso se logra poder tener un ingreso por medio del canon locativo. Al día de hoy no sabemos si el hotel esta explotado directamente por el otro heredero o si este lo alquila a un tercero. Desde ya muchisimas gracias