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  • Reconocimiento de deuda -Legítimo abono - depreciación monetaria

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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1253993  por ALV1979
 
Buenas tarde colegas. Soy abogado de la Pcia de Bs As. Y esta es mi primera consulta al foro. Disculpas si hay alguna costumbre, modismo o formalismo que no estoy cumpliendo.
La consulta es la siguiente, conseguí el reconocimiento de una deuda por parte de IOMA a través del régimen del legítimo abono.
La contratación era por prestación de servicio, mediante el sistema de excepción. Por una mala administración de mi cliente, se omitió solicitar las ordenes de compras, y por ende no se realizó la facturación del servicio, Esto recién fue detectado a fines del año 2013.
Detectada esta “negligencia” se procedió a realizar el trámite del legitimo abono (comienza mi participación). Tramite que llevo del 2014 a la fecha 02/2020 donde obtuve el reconocimiento de la prestación y por tanto el reconocimiento de la deuda expresamente (a los valores del 2012).
¿Corresponde presentar un recurso por depreciación monetaria? Ya he leído el fallo “Jirafa Azul” (informo por las dudas), y no da muchas esperanzas, pero en el mencionado se trata de una licitación pública.
¿Alguien tendría alguna doctrina o jurisprudencia que me pueda ayudar a fundamentar la procedencia del reclamo por depreciación monetaria?
Desde ya, muchas gracias.