Hola , necesito que me orienten con un tema de retiro transitorio por invalidez que estoy tramitando. Inicie los traites de mi cliente en agosto del año 2019, la Comisión Medica mando a realizar una serie de estudios complementarios el resultado de estos fue el dictamen dando una incapacidad absoluta del 68...% este dictamen fue en el mes de octubre, noviembre. en enero fui al anses para saber el estado del tramite estos me informan que faltaba la baja en la afip. Diligencie CD a la empresa notificando la incapacidad absoluta intimando a abonar segun el 212 LCT, ademas de solicitar intimandolos a realizar la baja ante la afip remitir documentación del tramite como respaldo (quiero aclarar que el trabajador ya esta cursando el año de reserva del puesto de trabajo sin percibir remuneración). La empresa contesta CD diciedo: " Negamos por no constarnos ud se encuentre con una incapacidad absoluta en los terminos del 212. En respuesta a su intimacion citamos a xxxxxxxxxx conjuntamente con su medico tratante y los estudios que obren en su poder, todo a fin de proceder conforme derecho corresponda" . Pregunta : los estudios complementarios ordenados por la Comisión Medica fueron realizados sin medico particular tratante, por supuesto son estudios que son realizados a instancia de los Medicos de la
comisión , entonces a)¿ debo comunicarme con un medico legista y que lo acompañe a mi cliente a ese control medico o puede ser cualquier medico? digo por los costos de gastos que le significaria uno u otro. b) ¿la empresa debe iniciar igualmente el tramite de baja solicitada ante la AFIP o se puede negar aun? esto teniendo en cuenta que el tramite de retiro transitorio por invalidez ya esta en curso y solo falta la constancia de baja sino el sujeto no va a percibir nada hasta ese tramite. c) si presento ante la anses la carta documento de solicitud de baja, es suficiente para proseguir en tramite?
Ademas de la respuesta a estas preguntas, si tienen algo mas que se les presente para agregar se los agradezco, el Sr no esta percibiendo ningún tipo de remuneración y esta entrando en una etapa de depresión que me preocupa. Gracias
comisión , entonces a)¿ debo comunicarme con un medico legista y que lo acompañe a mi cliente a ese control medico o puede ser cualquier medico? digo por los costos de gastos que le significaria uno u otro. b) ¿la empresa debe iniciar igualmente el tramite de baja solicitada ante la AFIP o se puede negar aun? esto teniendo en cuenta que el tramite de retiro transitorio por invalidez ya esta en curso y solo falta la constancia de baja sino el sujeto no va a percibir nada hasta ese tramite. c) si presento ante la anses la carta documento de solicitud de baja, es suficiente para proseguir en tramite?
Ademas de la respuesta a estas preguntas, si tienen algo mas que se les presente para agregar se los agradezco, el Sr no esta percibiendo ningún tipo de remuneración y esta entrando en una etapa de depresión que me preocupa. Gracias