Hola colegas, me salió una sentencia favorable por un caso de proporcionalidad de aportes, la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, y hace dos días el juzgado notificó a a ANSES para que en el plazo de 45 DIAS otorgue el beneficio y pague el retroactivo.
Que debería hacer yo? entiendo que de oficio Anses debería abrir un expediente de PENSION? (o reabrir el que ya estaba denegado y depositar todo el retroactivo?),¿como lo ven?
Como lo ven?
En la notificacion dice "en atencion a a naturaleza aimentaria de los derechos en juego y toda vez que en el caso se persigue el otorgamiento de un beneficio y no el reajuste de uno ya otorgado, considero que no resulta aplicable el plazo previsto por el art. 22 de la ley 24463.-
Que debería hacer yo? entiendo que de oficio Anses debería abrir un expediente de PENSION? (o reabrir el que ya estaba denegado y depositar todo el retroactivo?),¿como lo ven?
Como lo ven?
En la notificacion dice "en atencion a a naturaleza aimentaria de los derechos en juego y toda vez que en el caso se persigue el otorgamiento de un beneficio y no el reajuste de uno ya otorgado, considero que no resulta aplicable el plazo previsto por el art. 22 de la ley 24463.-