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  • AYUDA! USUCAPION. COMISION DE DELITO???

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 #1207666  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Mi cliente inicio usucapión parcial por inmueble perteneciente a su padre fallecido (ocupan una parte del terreno). Intento en primer termino iniciar sucesión pero sus hermanos no se pusieron de acuerdo y no facilitaron la documentación por lo que inicie dicho proceso.
Su padre fallecio en el año 93 y la madre año 2000 aproximadamente.
El proceso se llevaba con total normalidad, se libro cédula de traslado. La recibio el hijo del accionante, nieto del fallecido.
Luego el juzgado solicito se libre cedula a la mujer del fallecido. No pudiendo notificar. Se solicito dias y hs inhabiles pero el juzgado no hizo a lugar. Libro de oficio un informe a La Camara Electoral a fin que informen sobre el demandado. Se informo que fallecio en el año 93 y se solicito datos de quien recibio la cedula de traslado y se informo que era el nieto del fallecido e hijo del accionante.

Y el juzgado determino: Previo a proveer lo que por derecho corresponda, remitanse los presentes obrados, ante la posible comisión de un delito y a los fines de dar correcta intervención a la Justicia Penal, al Agente Fiscal en turno.-

Que debo manifestar? Entiendo que no es un delito. No se falsifico ningun documento. Y se incio usucapion porque hace uso y disposición del inmueble hace mas de 20 años. Pagando todos los impuestos a su nombre.

Alguien podria aclararme el panorama. Desde ya mil gracias!
 #1208087  por Iusgus2013
 
AtticusFinch escribió: Vie, 31 Ago 2018, 12:15 Estimo yo que le van a imputar violacion de correspondencia al que recibio la cédula.

Muchas gracias por tu respuesta. Esta semana me presente ante el Juzgado. Hable con la auxiliar letrada y me informa que envia el expediente a Fiscalia General porque cuando solicito informe a la Camara electoral certificaron que el padre de mi cliente estaba fallecido en el año 93, momento en que comenzo a hacer posesión el accionante, pero en la demanda se informo que desaparecio en el mismo año. Nunca se hablo del deceso, de hecho como si fuere que no se tenia conocimiento. Y tmb informo que quien recibiere la cedula fuere el nieto y cuando lo entrego el oficial el lo recibio porque era el ultimo domicilio denunciado y la auxiliar se "agarra de la idea" que quien recibio la cedula no debia hacerlo porque "sabia que el abuelo estaba muerto". Y eso como lo sabe la auxiliar?? Es delito recibir un cedula? Entiendo que no. Le explique "el nieto la recibio porque estaba dirigida a ese domicilio, no porque entendio que su abuelo vivia ahi" Siendo ultimo domicilio conocido, a donde iba a enviar la cedula???
Desp de hablar, me informa que si no existe delito vuelve el expediente y se continua el proceso. Ahora bien, ni ella sabia informarme que figura penal seria. Me dice "si hay delito lo establecera el fiscal".
Alguien entiende que hay un delito aca? Ni el juzgado me sabia informar. Lo peor es que siendo altaneros no dan una respuesta concisa.
 #1208089  por Iusgus2013
 
El art 153 del codigo habla de "quien abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica, una carta, un pliego, un despacho u otro papel privado, aunque no esté cerrado; o indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o una comunicación electrónica que no le esté dirigida."
En este caso la cedula la entrego un oficial, a un domicilio denunciado, el ultimo conocido (ratificado por la Camara electoral) y lo recibio su nieto. El informe del oficial dice lo siguiente "en fecha xxx me constitui en el domicilio de xxxxx, cito en la calle xxxxx, y no habiendolo encontrado procedi a dar integra lectura del contenido de la presentecy hacerle entrega de una copia de igual tenor con copias de traslado a una persona que dijo ser de la casa y llamarse xxxxx dice poseer DNI XXX"

Cedula dirigida a esa dirección, recepcionada por el nieto. Es delito? Nunca expreso si sabia que vivia o no el abuelo. Nunca se lo preguntaron. Ni lo manifiesto.
 #1253179  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Hace un tiempo inicie este posteo, comentando la situación del pase a UFI por parte del Juzgado por presunta "estafa procesal". Queria comentarles que hace poco, en la UFI me informaron que solo el Juzgado remitio las fojas de lo que creia la comisión de tal delito, pero que no HABIA DENUNCIADO FORMAL. El expediente jamás se movio. Y a posterior el juzgado, ordeno librar oficios a la oficina de Sucesiones de Prov y Capital y al Registro de las Personas para saber si estaba fallecido. Los 3 respondieron informando que si fallecio y que no habia juicio sucesorio iniciado. Entiendo que podre continuar normalmente con el proceso de sucesión y la IPP (entiendo) no tendra curso. Paso mas de año y medio sin un movimiento ni despacho.

Espero pueda sumar el aporte. Saludos!
 #1254292  por luciano4444
 
Me parece una barbaridad haber dado conocimiento a la justicia penal. No hay delito a mi criterio. Realmente me parece absurdo todo el planteo. La cantidad de veces que se dejan cedulas y las reciben otras personas que viven en la casa. Yo seguiría con el juicio y en todo caso pediría se archive la denuncia al fiscal.
 #1326818  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Con respecto al tema en cuestión, paso a comentar. El expediente regreso desde la fiscalia. El juez determino anular parte del proceso desde el momento de la recepción de la cedula. A posteriori, solicito enviar oficio al registro de las personas, para corroborar el paradero de la mujer del fallecido. Respuesta a ello, tambien se encontraba fallecida. Una vez anoticiado de todo ello, el juez solicito notificar del proceso a los hijos del fallecido (hermanos de mi cliente). Puesto en conocimiento de ello a todos vía notificación judicial, se han presentado todo en contestación de demanda conjunta, aduciendo varias cuestiones:
1- Que el tiempo de 20 años no transcurrido, atento a que la mujer del titular fallecido años después. Entiendo que no es una consideración importante, ya que al considerarse poseedor mi cliente, no reconoce titularidad en otros.
2- En su contestación hacen hincapie en el hecho de la recepción de la cedula por parte del nieto, si bien esa parte procesal fue anulada, entiendo que la consideración en si, no tiene sentido.
3- Que el plano de mensura fue por parte del inmueble (parcial) viviendo en lo restante otro hermano. La parte contraria apunta a que vive el hermano tambien, la cuestión es que el plano de mensura es solo por lo que se posee. Es argumento valido??
4- LO MAS IMPORTANTE. A posterior de la contestación, de oficio el juzgado determino la celebración de audiencia a efectos conciliatorios entre las partes. Aun no se celebro sera en Febrero. Pregunta: Alguien tuvo una audiencia de este estilo? Debera negociar si o si mi cliente? En caso de "ofrecer" pagar lo que corresponde a sus hermanos, no sería desconocerse a si mismo como unico titular?? Que alternativas tengo?
AGRADECERIA SUS COMENTARIOS. ME SERIAN MUY UTILES.
 #1326829  por DRalonso
 
3-SE HACE PLANO DE MENSURA PARA USUCAPION POR EL LOTE QUE FIGURA EN CATASTRO, ¿TU CLIENTE ES EL ACTOR?, ¿COMO LOGRO HACER PLANO "PARCIAL"?

4-SIEMPRE ES BUENO NEGOCIAR...

¡SUERTE!
 #1371490  por Iusgus2013
 
DRalonso escribió: Mar, 21 Dic 2021, 10:58 3-SE HACE PLANO DE MENSURA PARA USUCAPION POR EL LOTE QUE FIGURA EN CATASTRO, ¿TU CLIENTE ES EL ACTOR?, ¿COMO LOGRO HACER PLANO "PARCIAL"?

4-SIEMPRE ES BUENO NEGOCIAR...

¡SUERTE!

3- Si, mi cliente es el actor. Exacto, porque es un terreno en el que hay dos casas, pero se encuentran separadas, pero no de manera legal. Mi cliente solo usucapio su parte (en donde vive).
4- El hecho de negociar, no implicar "perder" o "ceder" ante el proceso incoado? O sea, mi cliente, tiene plena posesion pero reconoceria la titularidad en los futuros herederos.
De mediar un acuerdo con los hermanos, realizandoles un ofrecimiento economico...tiene idea como seria el mismo? Se realiza el pago, se escritura, se debe iniciar la sucesión??
MIL GRACIAS
 #1408148  por Iusgus2013
 
DRalonso escribió: Jue, 24 Feb 2022, 20:04 REITERO: ¿COMO LOGRO HACER PLANO "PARCIAL"?
El plano parcial se realizo sin ningun inconveniente. El inmueble en cuestion hace mas de 20 años que se encuentra en uso y posesión de mi representado. Nunca hubo intento de sucesión. Respecto al plano, el agrimensor que lo realizo solicito la documentación pertinente y no hubo inconveniente alguno. Se certifico en el municipio y tambien en el Reg. en la Plata.
Desde ya, agradezco sus comentarios!
 #1408152  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, LUSGUS!

PERO SIGO SIN ENTENDER: "es un terreno en el que hay dos casas, pero se encuentran separadas, pero no de manera legal. Mi cliente solo usucapio su parte (en donde vive)." ¡HAY MEDIDAS MINIMAS! O ES UN TERRENO MUUYYY GRANDE, O TENDRE QUE PEDIRTE LOS DATOS DEL AGRIMENSOR POR PRIVADO...

El hecho de negociar, ¡NO! implicar "perder" o "ceder" ante el proceso incoado!!! ES BLA-BLA, ES DIALOGAR, NADA MAS...

".tiene idea como seria el mismo? Se realiza el pago, se escritura, se debe iniciar la sucesión??" ¡SIII! Y NO PONER UN $ HASTA TENER EL CONVENIO HOMOLOGADO EN EXP.-

LUSGUS ¿NOS PREGUNTAS COMO SERIA? VOS CONOCES EL CASO, NI NOS DECIS LOS VALORES...