Holas buenas noches, soy franco y estoy iniciando mis estudios en derecho por lo que no tengo muy en claro algunas cosas y quizas podrian ayudarme de alguna forma. Abajo detallo lo que sucedió.
Solicite a mi empleador gozar de licencia por estudio dando aviso del mismo con 6 días de antelación a el dia de licencia, a lo que mi gerente se negó a darme dado que alegaba que según el convenio colectivo de trabajo (CCT) existía una cláusula que estipulaba que debía informar con 7 días de antelación, convenio que decidí revisar y no existe tal cláusula ni plazo estimado de aviso previo. Hoy ya 3 días después de tomarme la licencia se me informa que el dia va a ser computado como inasistencia por no haber informado en el plazo establecido. Mi duda es si en la ley de contrato de trabajo no se establece un plazo de aviso previo y en el CCT tampoco. ¿Pueden negarse a darme un dia de licencia por estudio y computarlo como falta?
Tengo el informe de la solicitud del dia firmada como negada y el comprobante de que el dia rendí examen.
Muchas gracias espero puedan ayudarme.
Solicite a mi empleador gozar de licencia por estudio dando aviso del mismo con 6 días de antelación a el dia de licencia, a lo que mi gerente se negó a darme dado que alegaba que según el convenio colectivo de trabajo (CCT) existía una cláusula que estipulaba que debía informar con 7 días de antelación, convenio que decidí revisar y no existe tal cláusula ni plazo estimado de aviso previo. Hoy ya 3 días después de tomarme la licencia se me informa que el dia va a ser computado como inasistencia por no haber informado en el plazo establecido. Mi duda es si en la ley de contrato de trabajo no se establece un plazo de aviso previo y en el CCT tampoco. ¿Pueden negarse a darme un dia de licencia por estudio y computarlo como falta?
Tengo el informe de la solicitud del dia firmada como negada y el comprobante de que el dia rendí examen.
Muchas gracias espero puedan ayudarme.