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  • Idemnizacion fallecimiento médico hospital municipal

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1254825  por Fpestudio
 
Colegas, espero que se encuentren bien, generalmente no llevo casos de derecho administrativo pero se trata de un familiar y me gustaría ayudarlo. Quisiera saber si pueden indicarme si le correspondería a un médico de hospital municipal la indemnización del art248lct. Tengo entendido que estarían ajeno a dicha
legislación por pertenecer al estado Provincial, sin embargo en la ley 10430 encuentro que en su art 76 indica que " El trabajador gozará de asignaciones familiares por cargas de familia y sus derecho-habientes subsidios por fallecimiento, de conformidad con los que la legislación nacional en materia laboral establezca con carácter general." En tanto que el decreto ley 9507/80 instituye en si art 2 "El importe del subsidio por fallecimiento será equivalente a diez (10) veces el sueldo asignado a la categoría inferior del Agrupamiento Personal Administrativo del Régimen para el personal de la Administración Pública de la Provincia" por favor corregirme si no es correcto. En resumen, desde el municipio informan que solo le corresponde los proporcionales de sac y vacaciones y los días trabajados no liquidados al momento del fallecimiento. Desde ya muchas gracias por sus respuestas.
 #1261958  por ayohuma
 
Hola, tengo entendido que por el empleo publico en CABA, lo que abarca a los profesionales, aparte de los seguros que ofrece el banco Ciudad, que seguramente el medico firmo en su oportunidad, solamente se da un pequeño emolumento derivado del Fondo compensador que no son esos sueldos., y a determinadas personas, por ej, hija soltera---- Tal vez la Pcia lo haga, pero en el GCBA en Salud me parece que no. La 20744 no corre a excepcion de que sus preceptos pueden clarificar oscuridades en la legislacion de CABA.... Incluso podes leer el Convenio colectivo de los medicos municipales aun vigente, la ley 471----Por lo demas, consulta con el Ciudad ya que es quien abona ese subsidio....