Hola foristas solicito su ayuda para un tema q me dejo intranquila. En una de mis primeras demandas laborales por el empleado, recibo contestación del empleador e interponiendo EXCEPCIÓN DE PLUS PETITIO INEXCUSABLE. La cual debo responder antes de la 1er audiencia. el tema es que me da un poco de miedo haberme pasado con la liquidación que demandé, ya que dicha suma asendió a los $500.000. Estoy leyendo para armar la contestación de esa excepción, alguien tendrá algún modelo que me ayude?
b) Y por otro lado, otro punto que me llamó la atención de la contestación es que peticionaron lo siguiente:
'' COSTAS, APLICACIÓN DEL ART.277 LCT: En el caso de que V.S. hiciera lugar a la demanda, no habiendo la actora cuestionado la constitucionalidad del Art. 730 del CCCN, solicitamos se aplique el mismo aplicándose el tope de costas del 25% del capital, correspondientes a nuestra parte.''
Me llama la atención ya que en la calculadora de honorarios que regularmente consulto establece porcentajes mayores.
Este punto es conveniente que lo responda o esta bien dejarlo así? podré solicitar luego que me paguen los aportes?
b) Y por otro lado, otro punto que me llamó la atención de la contestación es que peticionaron lo siguiente:
'' COSTAS, APLICACIÓN DEL ART.277 LCT: En el caso de que V.S. hiciera lugar a la demanda, no habiendo la actora cuestionado la constitucionalidad del Art. 730 del CCCN, solicitamos se aplique el mismo aplicándose el tope de costas del 25% del capital, correspondientes a nuestra parte.''
Me llama la atención ya que en la calculadora de honorarios que regularmente consulto establece porcentajes mayores.
Este punto es conveniente que lo responda o esta bien dejarlo así? podré solicitar luego que me paguen los aportes?