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  • ACCIDENTE DE TRANSITO - TITULAR FALLECIDO

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 #1255177  por chapu420
 
docs, les consulto para evitar que se me escape la tortuga. Accidente de transito. El titular registral del vehículo embistente había fallecido 4 años atras, con DDHH incluida. Los herederos responderían en la medida que corresponda verdad???

Tengo dudas sobre la existencia o no de alguna jurisprudencia o criterio distinto.

desde ya gracias!!!!
 #1255236  por chapu420
 
DRalonso escribió: Jue, 14 May 2020, 12:06 ¿HICISTE JUICIO CIVIL DYP? ¿LOCALIDAD?
Estoy por iniciarlo. Alta Gracia (Córdoba)

Puntualmente iba atacar directamente a los herederos demandadolos personalmente, en vista a que aceptaron la herencia. Pero el choque se produjo años después de que falleciera el titular. Me surgió la duda sobre la extension de la responsabilidad objetiva al heredero siendo que la obligación nace después de fallecido el titular.-
 #1255237  por DRalonso
 
CHAPU: ESTAS TAN MAL RUMBEADO, PARECE TE CONDUCE UN QUIRQUINCHO...

DEBERIAS SER MAS CLARO DE ENTRADA: "el choque se produjo años después de que falleciera el titular." ¿SABES QUE HAY PRESCRIPCION? ¿QUIEN CUERNOS MANEJABA? ¿HAY SEGURO?
 #1255245  por legalescom
 
Sin perjuicio, del cuestionamiento, que te hace el Dr.Alonso, sobre todo, en lo referente a la prescripción, debo decirte que, si el automotor, estaba en posesión de un tercero, o sólo de uno de los herederos, no progresaría la demando contra los herederos, sino sólo contra quien detentaba la posesión del mismo tal, como la ha decidido la justicia cordobesa: Conf. https://comercioyjusticia.info/blog/jus ... or-choque/
 #1255253  por pablo28
 
sin bien es correcto lo que aduce el colega preopinante (prescripción 3 años), en tu lugar, a priori solicitaría un informe de dominio y posteriormente iniciaría la demanda (consignando en el objeto "y/o contra quien resulte civilmente responsable") contra el conductor, titular registral que surja del informe y obviamente citar en garantía al seguro si es que tienen cobertura.
seguramente que al contestar la demanda van a invocar que falleció, y en virtud de la reserva que efectuada en el objeto (codemandado genérico) podes ampliar la demanda contra los herederos universales.
 #1255274  por chapu420
 
legalescom escribió: Vie, 15 May 2020, 21:34 Sin perjuicio, del cuestionamiento, que te hace el Dr.Alonso, sobre todo, en lo referente a la prescripción, debo decirte que, si el automotor, estaba en posesión de un tercero, o sólo de uno de los herederos, no progresaría la demando contra los herederos, sino sólo contra quien detentaba la posesión del mismo tal, como la ha decidido la justicia cordobesa: Conf. https://comercioyjusticia.info/blog/jus ... or-choque/
Esa es la jurisprudencia que no encontraba!! Mil gracias doc! Me fuiste de gran ayuda.

Al resto también gracias. El choque es actual, lo que sucedió años atrás es el fallecimiento del titular .-
 #1255277  por chapu420
 
DRalonso escribió: Dom, 17 May 2020, 18:10 REITERO: ¿QUIEN CUERNOS MANEJABA? ¿HAY SEGURO? Y HACELE CASO A PABLO
Si! Gracias doc.
Contra el conductor voy a accionar de lleno, pero no tenia seguro y es insolvente.
Según el informe de DNRPA el vehículo esta registrado a nombre de una persona fallecida hace años, y en carácter de ganancial. No existe denuncia de venta.

Ahora voy a profundizar en la jurisprudencia que me pasó el doc, ya que por la fría letra de la ley los herederos deberían responder, pero los jueces varían los criterios. Sé que se repartieron bienes en la DD HH pero no se comprende xq dejaron este vehículo a la deriva. Quizás deba demandar a la sucesión (ya que la DDHH está inscrita en el registro de juicios universales) y allí aparecerán boletos o algún otro papel....pero ya de por si el fallo de Cámara es desalentador.....
 #1255278  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, CHAPU!

DEBE SER TU 1ª ACCION POR ACCIDENTE DE TRANSITO: LA DEMANDA SERA EN ESTE ORDEN CONTRA "PEPITO CONDUCTOR-INSOLVENTE" Y OTROS (NO IMPORTA QUE "no tenia seguro y es insolvente") A SABER: "JOSE PEREZ DAS MORTES" (el informe de DNRPA el vehículo esta registrado a nombre de una persona fallecida hace años ¡NO IMPORTA! PRESENTAS INFORME Y LISTO) Y COMO TERCERO CITADO EN GARANTIA LA CIA. DE SEGUROS SI APARECIERA EN LA MEDIACION.-

EN LA MISMA ¡NO DIGAS QUE SABES QUE "JOSE PEREZ DAS MORTES" ES "una persona fallecida hace años"! QUE SE PRESENTEN LOSHEREDEROS SI QUIEREN...

EL TEMA ES NOTIFICAR ¿DOMICILIO DEL DIFUNTO IGUAL AL DE LOS HEREDEROS?
 #1255285  por legalescom
 
Vas a encarar una demanda en vano, salvo que pongas en ella "o contra quien resultere ser titular o poseedor del automotor, a la fecha del siniestro". Ello por cuanto, si no lo incluyeron en la sucesión, seguro, que lo vendieron.