Tengo una consulta, en un juicio de usucapión a alguien le ha sucedido, que una vez ordenada la rebeldía y notificada, se haya pedido que se decrete como de puro derecho y pase a sentencia.
Pero eso depende de la demanda, si es necesario producir prueba no te quedes sin la misma, y me parece que en una usucapión la prueba testimonial es super importante, y algunas informativas tambièn.
Si en realidad tengo muchísima documental, me parece que lo más correcto es solicitar la apertura de la causa a prueba. Gracias, como siempre muy atento.
Con la documental no tenes problemas, al no contestar la demanda y caer en rebeldìa no existe desconocimiento de la misma, y la prueba supletoria de oficios no es necesaria, lo que si es necesario son los testigos, eso me parece fundamental.
Si ofreciste alguna pericial de Ingeniero o cosa parecida, producila.
La usucapion es meramente declarativa y si o si deben producirse las pruebas ya que todas son importantes: la testimonial y la inspección ocular. Yo hago muchas prescripciones y en un 85% de los casos litigue sola y las pruebas se llevaron a cabo todas. Mi experiencia es aqui en Santiago del Estero. Desconozco en otras provincias.[/b]
He iniciado muchas demandas de éste tipo, y si bien pido también inspección ocular, siempre la desisto, ya que al estar en rebeldía con la documental y testimonial me bastaba, jamás pedí que se declare la causa de puro derecho, pero lo más acertado es pedir la apertura. Gracias chicos.