MARIO1943 escribió: ↑Jue, 21 May 2020, 18:37
LA CUTIEMBRE ES TRABAJO INSALUBRE
LA CUTIEMBRE UTILIZA PROCESOS QUIMICOS QUE SON NOCIVOS PARA EL CUERPO HUMANO
ESTA SENORA ES CORTADORA DE CUERO, NO SE SI EL CUERO CURADO CON PROCESOS QUIMICOS EN AMBIENTES CERRADOS DESTINADOS A LA INDUSTRIALIZACION DEL CUERO , SI DESPIDE ALGUNA SUSTANCIA QIMICA QUE SEA NOCIVA PARA LA SALUD, ESO LO DETERMINA EL MINISTERIO DE TRABAJO QUE ES LA AUTORIDAD DE APLICACION
Jornada Insalubre:
Es aquella que por las condiciones del lugar de trabajo, por las modalidades o por su naturaleza, pone en peligro la salud de los trabajadores. La jornada no puede exceder las 6 hs. diarias y las 36 semanales.
Esta jornada se puede distribuir desigualmente pero no se pueden exceder las 7 hs. diarias. La calificación de INSALUBRIDAD debe surgir de autoridad competente (Ministerio de Trabajo). El dependiente de jornada insalubre debe cobrar lo mismo que el que trabaja 48 hs. semanales en jornada normal. Esta prohibido hacer horas extraordinarias en jornada insalubre. Las mujeres y los menores no pueden trabajar en tareas declaradas insalubre.
Son ejemplos de tareas insalubres: el trabajo en curtiembres, el oficio de buzo, los trabajadores del vidrio, etc.