Estimados en un caso tedioso que llevo hace dos años contra una empresa concesionaria de restaurantes (tenía dirección legal dentro de un barrio privado, se mudaron, el oficial notificador medio inepto,etc ) tarde mucho tiempo en lograr su notificación y lograr su rebeldía. El tema es que de casualidad me contacto con el abogado que redactó el intercambio para la empresa y me dice que si bien no está quebrada, está perdió todas las concesiones y q no tiene actividad. Mi pregunta es si llegado el caso puedo extender la responsabilidad a los socios, sea ahora o se hace ya con la sentencia. Leí algo de Ferreiros que dice que es posible solicitándolo en la etapa de ejecución.
Alguna idea colegas?
Muchas gracias!
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