Hola. Tengo una duda, en juicio de alimentos acordamos una cuota equivalente al 40 por cientos del monto del sueldo y además el juez fijo alimentos retroactivos a pagar en cuotas 10 cuotas mensuales y costas al alimentado. Para el caso de que no cumpla con el pago de honorarios, se puede embarcar el sueldo igualmente tenido en cuanta que percible menos del 50 % de sus ingresos?
Hola. Si estas por el alimentado que acaba de ser condenado en costas, deberías arreglar con tu cliente y no embargar los alimentos.
Si estas por el obligado al pago de los alimentos, presumo que si lo embargas sobre lo que le queda sobre su haber, posiblemente dejara de pagar los alimentos o al menos lo planteara, pues supongo que esta representado.